República Bolivariana de Venezuela
 
 
 
Tribunal Supremo de Justicia
 
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario  y Ejecutor de Medidas  de los Municipios
 
 Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano, y Chaguaramas  de la 
 
Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
 
206º y 157º
 
 Valle de la  Pascua: Trece de Julio del Dos Mil Dieciséis
 
 
SOLICITANTE: MARIA JOSEFA BARRIOS SOLORZANO
 
 
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
 
SOLICITUD: 132-2016
 
                  
 
En el día de hoy; 13 de Julio de 2016, la Ciudadana Abogada ROSA RAMIREZ H., se aboca al conocimiento de la presente solicitud, en virtud de haber sido designada por la Coordinación Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, según Oficio Nº 060, de fecha 08 de Julio de 2016, para ocupar el cargo de Jueza Temporal de este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico y visto el escrito que encabeza estas actuaciones, mediante el cual la Ciudadana: MARIA JOSEFA BARRIOS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 11.657.890, y de este domicilio, procediendo en este acto en el ejercicio de su propio nombre derecho e interés, y en representación de su Padre Ciudadano: NESTOR RAFAEL BARRIOS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 2.390.103, y el de su hermano: NESTOR CELESTINO BARRIOS SOLORZANO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.573.289,  donde solicitan sean declarados como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta BLANCA AURORA SOLORZANO DE BARRIOS, quien falleció ab-instestato  en esta Ciudad de Valle de la Pascua del Estado Guárico, el día 28 de Enero de 2016; cumplida la publicación ordenada, y no habiendo comparecido persona interesada a exponer lo que considerara conveniente en relación a la presente solicitud, visto igualmente los recaudos acompañados, así como la declaración de los testigos los Ciudadanos: JUAN JOSE HERRADEZ RENGIFO y RAUL DIAZ RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números: 9.922.908 y 9.920.025 respectivamente, quienes manifestaron conocerlos de vista, trato y comunicación e igualmente que conocieron a la difunta Blanca Aurora Solórzano de Barrios; así mismo, declararon que si es cierto que la difunta falleció en esta Ciudad de Valle de la Pascua el día 28 de Enero de 2016, también declararon que les consta que a la difunta no se le conoció otros hijos y que solo estuvo casada con el Ciudadano: Néstor Rafael Barrios. El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a los Ciudadanos: MARIA JOSEFA BARRIOS SOLORZANO, NESTOR RAFAEL BARRIOS y NESTOR CELESTINO BARRIOS SOLORZANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Números: 11.657.890, 2.390.103 y 8.573.289 respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Difunta: BLANCA AURORA SOLORZANO DE BARRIOS. Déjese constancia en el libro diario respectivo, expídase las Copias Certificadas solicitadas y devuélvanse originales con sus resultas de las presentes actuaciones conforme a lo solicitado.-
 
La Jueza Temporal
 
 
                                                                                                                                 
 
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Abg. Rosa Ramírez H.-.        
 
                                                                                                         La Secretaria Acc.-
 
           
 
 
                                                                                                 _____________________
 
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RRH/kj
 
Solicitud Nº 132-2016
 
 
 
 
 
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