REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintiuno de julio de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: AP31-S-2015-006350
Visto la diligencia de fecha 21 de junio de 2016, presentada por la abogada LUISA MAGALYS BASTIDAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 25.068, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte interesada, mediante la cual señaló la imposibilidad de cumplir con lo ordenado por este juzgado mediante auto de fecha 07 de julio de 2015, en lo que concierne a la consignación del permiso de construcción, emitido por la Dirección de Ingeniería Municipal correspondiente, en atención al numeral 2, literal “A” del artículo 56 y 61 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y los artículos 53 y 55 de la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio; por lo que al no constar en autos dicha autorización, se evidencia que no existe tal permiso para la construcción de las estructuras objeto de la solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria presentada por los ciudadanos MARINA RANGEL RUZ, TERESA MARIA RUIZ y ASDRUBAL CARMELO RUIZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.008.355, V-3.800.284 y V-4.579.346, respectivamente.
Por lo antes expuesto este tribunal se ve forzado a negar como en efecto niega la declaración de TITULO SUFICIENTE, solicitada por los ciudadanos antes mencionados, y así se decide.
EL JUEZ
NELSON GUTIERREZ CORNEJO
EL SECRETARIO,
RHAZES I. GUANCHE M.
NGC/RIGM/GeneM
ASUNTO : AP31-S-2015-006350
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