REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 01 de julio de 2016
206º y 157°
Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a las ciudadanos BENILDE ROA, OSMAN ENRIQUE JAIMES TORRES, GABRIEL ALEXIS JAIMES TORRES, ANA MARIA JAIMES SOLARES, MARIA ALEJANDRA JAIMES SOLARES, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.317.346, V-13.765.871, V-14.484.818, V-14.526.725 y V-17.438.671, causahabiente del de-cujus FREDDY ALBERTO JAIMES, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-4.634.881, fallecido Ab-Intestato, en fecha 08 de Febrero de 2016, en la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta, Estado Miranda.
Expídanse por secretaría- copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por la solicitante los fotóstatos correspondientes.
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
Dr. RENAN JOSE GONZALEZ
EL SECRETARIO,
EDWARD ALEJANDRO COLMENARES.
Exp. Nº AP31-S-2016-002704
RJG/EAC/EA
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