REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 25 de julio de 2016
206 º y 157º
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, la documentación acompañada y las justificaciones evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y conforme con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías a que se contrae la presente solicitud, a favor de la ciudadana NELLY ISABEL LOVERA DE GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.985.781. Así se decide.-
Expídanse por secretaría- copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los fotostátos correspondientes.
Devuélvase el presente título supletorio en original con sus resultas.- Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,

RENAN JOSE GONZALEZ.

EL SECRETARIO.,

EDWARD COLMENARES.

Exp: AP31-S-2016-001497
RJG/EACR/Brayan A.