REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, TRÁNSITO Y MENORES

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.- San Juan de los Morros, Veinte (20) días del mes de Julio del año Dos Mil Dieciséis (2.016).


206º y 157º

Vista la Inhibición que cursa al folio número Uno (01) del presente expediente, fechado el día Veinte (20) de Abril del año dos mil dieciséis (2016), formulada por la Abogada Esthela Carolina Ortega Velásquez, en su carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el juicio que por AMPARO CONSTITUCIONAL, es seguido por la ciudadano MARTIN ANTONIO DOMINGUEZ CAMACARO en contra de FISCALIA SUPERIOR DEL ESTADO GUÁRICO, en la cual expuso:


“…Me inhibo de conocer la presenta causa interpuesta por el abogado Nicolás Rafael López, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, inscrito en el Impreabogado bajo la matrícula No. 5.216 ya que entre dicho abogado y mi persona existe amistad manifiesta, mucho antes de mi condición de jueza provisoria en el presente tribunal. Lo fundamento, conforme en el articulo 82, ordinal 12 del Código de Procedimiento Civil, por la cual solicito que la misma sea declara con lugar”


Y por cuanto de la referida acta se desprende que la Inhibición esta hecha legal y fundamentada en la causal preestablecida, se declara CON LUGAR dicha Inhibición por ser procedente y en consecuencia se procede a remitir estas actuaciones al Juzgado de la causa, a los fines legales consiguientes.

La Juez Provisoria,



Abg. Shirley M. Corro B.
La Secretaria,




En esta misma fecha se remite el expediente al Juzgado de la causa, constante de una (01) pieza con Dieciséis (16) folios útiles, mediante Oficio Nº _________.-


La Secretaria,



Exp. Nro. 7.735-16

SMCB/tam/od.-