REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciséis (16) junio de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2015-000023 nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2016-0881, de fecha 24 de marzo de 2016, contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano YOHAN ANTONIO GÓMEZ ABREU (Cédula de Identidad Nº 18.044.265), asistido de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARINO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO). Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha 26 de febrero de 2015, la cual se declaró “…1.- COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto (…) contra la sentencia dictada en fecha 24 de octubre de 2014, por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, que declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto (...) 2.- DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto. 3.- FIRME el fallo apelado...”. En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JP41-2012-000031
RADZ/GCMM