REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO DECIMO OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA
DE CARACAS

Años: 206º y 157°

Exp. Nº AP31-S-2016-004191


SOLICITANTE: Abogado PEDRO RAMIREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 8.791, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ATHINA TRAPEZOUNTIOS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-13.992.744

MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Como hechos constitutivos de la pretensión procesal sometida a la consideración de este Tribunal, afirma la parte solicitante, entre otras cosas lo siguiente:

Se inicia el presente procedimiento mediante escrito de solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, presentado por el abogado PEDRO RAMIREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 8.791, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ATHINA TRAPEZOUNTIOS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-13.992.744, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual expone que como consta en acta de defunción emanada por el Consejo Nacional Electoral, Unidad de Registro Civil de la Parroquia Las Minas, Municipio Baruta del Estado Miranda, Libro 01, Acta Nº 08 del 22 de enero de 2015, que en fecha 21 de enero de 2015 falleció CARMEN CECILIA SANCHEZ DE TRAPEZOUNTIOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.660.761, de estado civil viuda, quien dejo dos hijas de nombres EFROSINY y ATHINA TRAPEZOUNTIOS SANCHEZ, sin embargo la ciudadana EFROSINY TRAPEZOUNTIOS SANCHEZ, renunció a la herencia de su madre a favor de su hermana ATHINA TRAPEZOUNTIOS SANCHEZ, como consta en el documento autenticado ante la Notaria Publica Tercera del Municipio Chacao del Estado Miranda, el día 29 de enero de 2015 bajo el Nº 21, Tomo 07, lo que fue consentido por el cónyuge de la renunciante, señor CARL HEINZ GRAF BOGRAN, de acuerdo a el documento firmado ante el Notario Público por el Condado de Harris, Texas, USA, Leonardo Martínez, el 25 de febrero de 2015, apostillado en Texas, el dia 25 de febrero de 2015, asimismo, consta aceptación de la renuncia e su hermana y de la herencia de su madre por parte de ATHINA TRAPEZOUNTIOS SANCHEZ, documento autenticado ante la Notaria Pública Tercera del Municipio Chacao del Estado Miranda, el día 29 de enero de 2015, en consecuencia, solicita se declare Únicos y Universales Herederos a su hija, ciudadana ATHINA TRAPEZOUNTIOS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-13.992.744


Revisadas exhaustivamente las actuaciones que conforman el presente expediente, se evidencia, que al folio veinticuatro (24), corre inserto copia certificada del acta de defunción del cónyuge de la causante, donde se le identifica como GEORGE TRAPEZOUNTIOS ATHANASIADIS, pero en el acta de matrimonio, la cual corre inserta en copia simple a los folios veinticinco (25) se le identifica como GEORGE TRAPEZOUNTIOS ATHANASIADES, asimismo, en el acta de defunción de la causante, la cual corre inserta en copia simple a los folios treinta y uno (31), se le identifica como GEORGE TRAPEZOUNTIOS ATHANASIADEES, de igual forma, en las actas de nacimiento de las ciudadanas EFROSINY TRAPEZOUNTIOS y ATHINA TRAPEZOUNTIOS se le identifica como JORGE TRAPEZOUNTIOS, las cuales corren insertas en copias simples a los folios veintiséis y veintisiete (26 y 27), respectivamente, en virtud de estas incongruencias, es por lo que este Tribunal Niega la admisión de la presente solicitud y así se decide.


REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y NOTIFIQUESE la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en Caracas, a los 07 días del mes de Junio del año 2016. Años 206° y 157°.
LA JUEZ TITULAR



DRA. LORELIS SANCHEZ
EL SECRETARIO


En esta misma fecha, siendo las 3:00 p.m., se registró y publicó la anterior sentencia.

EL SECRETARIO

Exp. Nº AP31-S-2016-004191
LS/Fm/Ac