REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 10 de Marzo de 2016.

Visto el escrito de solicitud de medida cautelar innominada especial de protección a la producción agrícola, interpuesta por los abogados Ramón Andrés Blanco Palavecino y Eisen José Bravo Ramírez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.875.206 y V-10.616.329, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros.134.656 y 52.697, asistiendo en este acto a la ciudadana Neida del Valle Solórzano Báez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.489.339, actuando en este acto como presidenta de la Asociación Cooperativa la Tonamza 940, R.L, debidamente registrada ante el Registro Público del Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, en fecha 20 de julio de 2015, ocupantes del fundo denominado “Los Samanes”, ubicado en el sector las Tanquillas, parroquia Miranda, municipio Camaguan, del estado Guárico, con una superficie de trescientos noventa y ocho hectáreas con tres mil setecientos cincuenta metros cuadrados (398 has con 3.750 mts2), alinderado de la siguiente manera: Norte: Terreno ocupado por Inversiones las Majaguas; Sur: Río Apure; Este: Terrenos ocupados por fundo las Delias y Oeste: Terreno ocupado por Inversiones las Majaguas. Este Tribunal admite la presente solicitud por no ser contraria al orden público o alguna disposición legal.

EL JUEZ,
ARQUIMEDES JOSE CARDONA A.

EL SECRETARIO
RICHARD HERRERA.
EXP.: Nº JSAG-S-115-2016
AJCA/RH/sm