REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 07 de Marzo del 2.016
205º y 157º
De la revisión de las anteriores actuaciones, se evidencia que en fecha 13 de Enero de 2.016, este Tribunal por error involuntario dicto auto mediante el cual fija oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa, cuando lo que correspondía, era pronunciarse sobre el punto previo opuesto por el abogado José Arquímedes Díaz, Defensor Publico Agrario Primero extensión Calabozo, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 60.919, en nombre y representación del codemandado Carlos Enrique Vilera Camacho, en el escrito de contestación presentado en fecha 25 de Junio de 2.015, cursante a los folios 95 al 99 y la reconvención planteada en el escrito de contestación, presentado en fecha 25 de Junio de 2.015, cursante a los folios 101 al 108, por el codemandado José Hernández Antón, de nacionalidad española, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-302.723, asistido del abogado Jesús Antonio Anato, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 90.906, es por lo que esta Instancia Judicial Agraria revoca por contrario imperio el referido auto, de fecha 13 de Enero de 2.016 y se pronunciara sobre lo supra mencionado por auto separado. Así de decide.
HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,
LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,
HMP/LM/ncl
Exp. 258-13