REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciocho (18) de marzo de dos mil dieciséis (2016)
205º y 157º

Visto el volumen de causas en estado de sentencia que cursan ante este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Tribunal DIFIERE la oportunidad para sentenciar por un lapso de treinta (30) días continuos.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria acc.



Abog. BERMARY Z. UTRERA GÓMEZ.



Exp. Nº JP41-G-2012-000032
RADZ/BZUG