REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de marzo de dos mil dieciséis (2016)
205º y 157º

Vista la diligencia de fecha 01 de marzo de 2016, mediante la cual el abogado Miguel Antonio Ledon Domínguez (INPREABOGADO Nº 33.408), actuando en carácter de apoderada judicial de la ciudadana NELLYS NILDA GUEVARA AGUILAR (Cédula de Identidad Nº 2.233.802), apeló de la sentencia Nº PJ0102015000166, dictada por este Juzgado el 03 de noviembre de 2015, en la que declaró SIN LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato, interpuesto por la mencionada ciudadana, contra el entonces MUNICIPIO CAMAGUÁN DEL ESTADO GUÁRICO, hoy MUNICIPIO ESTEROS DE CAMAGUÁN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO.
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida, por tanto, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio respectivo.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JE41-G-2006-000085
RADZ/GCMM