REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dos (02) de marzo de dos mil dieciséis (2016)
205º y 157º
Vista la diligencia de fecha 01 de marzo de 2016, mediante la cual el abogado Roberto Bolívar (INPREABOGADO Nº 29.849), actuando en carácter de apoderada judicial de la ciudadana LEIDYMAR MORENO MORGADO (Cédula de Identidad Nº 23.564.983), apeló del auto de 23 de febrero del 2016, en el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la mencionada ciudadana, contra la GOBERNACIÓN del entonces estado Guárico, hoy ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO).
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida, por tanto, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio respectivo.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2015-000008
RADZ/GCMM