REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciséis (16) de mayo de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º
Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2014-001315 nomenclatura de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2016-000787, de fecha 21 de abril de 2016, contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada Belkis FIGUERA CARPIO (INPREABOGADO Nº 61.267) actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano WILDELMAR JHOLANMI IBARRA GONZÁLEZ (Cédula de Identidad Nº 18.044.260), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO . Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha 18 de febrero de 2016, la cual se declaró “…1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación ejercido contra la decisión dictada en fecha 16 de septiembre de 2014, por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo del Estado Guárico mediante la cual declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto (…) 2.- DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto y en consecuencia, FIRME el fallo apelado. Este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-2011-000032
RADZ/GCMM