REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

Visto que en fecha diecinueve (19) de agosto de dos mil cuatro (2004), el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Aragua), dictó sentencia en la que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano MEDARDO JOSEPH FARÍAS RODRÍGUEZ (Cédula de Identidad Nº 2.399.048), asistido de abogado, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES DE JUSTICIA Y PAZ.
No obstante, por cuanto no consta en el expediente que se hubiere cumplido con lo ordenado en la sentencia antes mencionada, se ordena oficiar al Procurador General de la República, a los fines que informe si se dio cumplimiento al referido fallo, y de haber cumplido con la misma remita las documentales de las cuales se verifique dicho cumplimiento, para lo cual se le otorga un lapso de treinta (30) días de despacho, lapso que comenzará a computarse una vez conste en autos su notificación. Líbrese oficio.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JE41-G-2003-000024
RADZ/GCMM