REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3º) en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencias en delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 30 de agosto de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2016-6498
ASUNTO: AP01-S-2016-6498

MOTIVACION
ART. 96 Y 97 DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA


ASUNTO: AP01-S-2016-6498
JUEZA: DRA. ANGELIANA MUJICA

FISCALES: DR. PEDRO LOPEZ
DRA. MONICA SAEZ
DR. ROBERT RODRIGUEZ
Fiscal 47º Nacional del Ministerio Público
IMPUTADO: YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ

DEFENSA PÚBLICA 3º: DRA. DAYS GUZMAN

SECRETARIA: ABG. LUZ M. BARRERA

Con vista a la AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO, conforme lo establece el artículo 96 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, celebrada en esta misma fecha, este Tribunal en consecuencia pasa a emitir el auto fundado, a fin de dar cumplimiento al contenido del artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, en los siguientes términos:


CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

El artículo 96 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establece que:

“…se tendrá como flagrante todo delito previsto en esta ley que se esté cometiendo o el que acaba de cometerse. También se tendrá como flagrante aquel por el cual el agresor sea perseguido por la autoridad policial, por la mujer agredida, por un particular o por el clamor público , o cuando se produzcan solicitudes de ayuda a servicios especializados de atención a la violencia contra las mujeres, realizada a través de llamadas telefónicas, correos electrónicos o fax, que permitan establecer su comisión de manera inequívoca, o en el que se sorprenda a poco de haberse cometido el hecho, en el mismo lugar o cerca del lugar donde se cometió, con armas, instrumentos u objetos que de alguna manera hagan presumir con fundamento que él es el autor.

En estos casos, toda autoridad deberá y cualquier particular podrá, aprehender al agresor. Cuando la aprehensión la realizare un particular, deberá entregarlo inmediatamente a la autoridad más cercana, quien en todo caso lo pondrá a disposición del Ministerio Público dentro de un lapso que no excederá de doce horas a partir del momento de la aprehensión.

Se entenderá que el hecho se acaba de cometer cuando la víctima u otra persona que haya tenido conocimiento del hecho, acuda dentro de las veinticuatro horas siguientes a la comisión del hecho punible al órgano receptor y exponga los hechos de violencia relacionados con esta Ley. En este supuesto, conocida la comisión del hecho punible el órgano receptor o la autoridad que tenga conocimiento, deberá dirigirse en un lapso que no debe exceder de las doce horas, hasta el lugar donde ocurrieron los hechos, recabará los elementos que acreditan su comisión y verificados los supuestos a que se refiere el presente artículo, procederá a la aprehensión del presunto agresor, quien será puesto a la disposición del Ministerio Público, según el párrafo anterior.

El Ministerio Público, en un término que no excederá de las cuarenta y ocho horas contadas a partir de la aprehensión del presunto agresor, lo deberá presentar ante el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas, el cual, en audiencia con las partes y la víctima, si ésta estuviere presente, resolverá si mantiene la privación de libertad o la sustituye por otra menos gravosa.
La decisión deberá ser debidamente fundada y observará los supuestos de procedencia para la privación de libertad contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal, ajustados a la naturaleza de los delitos contenidos en la presente Ley, según el hecho de que se trate y atendiendo a los objetivos de protección de las víctimas, sin menoscabo de los derechos del presunto agresor…”

En tal sentido, este Juzgador dictó los siguientes pronunciamientos: “…PRIMERO: Se ordena que el presente procedimiento ESPECIAL siga las disposiciones establecidas en el artículo 97 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a los fines de que el Ministerio Público continúe con la investigación seguida contra el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-23.714.090, por cuanto faltan múltiples diligencias por practicar. SEGUNDO: Se estima acreditado el delito de FEMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 57 en su encabezado de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la víctima I.A.M.S (Se omite identidad) (OCCISA), por cuanto cursan a las actas: Transcripción de Novedad, de fecha 29 de agosto de 2016, suscrita por la Jefe de Guardia Detective Agregado RUTH SOLÓRZANO, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, EJE OESTE, mediante la cual se dejó constancia sobre lo siguiente: “(...) RECEPCIÓN DE LLAMADA RADIOFONICA / NOTIFICACIÓN DE PERSONA FALLECIDA: Se recibe la misma de parte del funcionario PEREZ LUIS, credencial 35.121, adscrito a la sala de Transmisiones de este Cuerpo de Investigaciones, informando que en la Clínica Nueva Caracas, ubicada en Catia, se encuentra el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino, la misma procedente de la primera calle de Ruperto Lugo, edificio María, apartamento signado con el 04, presentando heridas producidas por un arma blanca, desconociendo más detalles al respecto (...)”. ACTA DE INVESTIGACIÓN POLICIAL, de fecha 29 de agosto de 2016, suscrita por los funcionarios Detective Agregado ISMAEL RANGEL, y Detectives FELIX RANGEL, NELVRAIE RODRIGUEZ, DAVID LOZANO y ENRIQUE GONZALEZ, adscritos a la División de Homicidios Eje Oeste del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, mediante la cual se deja constancia parcialmente de las diligencias practicadas, transcritas a continuación: “(...)Encontrándome en la sede de este despacho en labores de guardia y siendo las 04:00 horas de la mañana, se recibió llamada radiofónica de parte del funcionario Luis Perez, credencial 35.121, adscrito a nuestra sala de Transmisiones informando que en la clínica “Nueva Caracas”, se en contra el cuerpo sin vida de una persona presentando como posible causa de muerte herida producida presuntamente por arma blanca, procedente de la Primera calle de Ruperto Lugo, Edificio María Luisa, piso número 01, en el interior del apartamento número 04,desconociendo más detalles al respecto; por tal motivo me trasladé en compañía de los funcionarios Detective Agregado ISMAEL RANGEL Y Detective NELVRAIE RODRIGUEZ, DAVID LOZANO Y ENRIQUE GONZALEZ (TÉCNICOS DE GUARDIA), a bordo de las unidades machito sin placas y furgoneta identificada, placas P-30-369, portando el móvil 4143, hacia el referido nosocomio, a fin de corroborar la información antes suministrada y de ser afirmativa la misma realizar todas aquellas diligencias urgentes y necesarias que contribuyan con el esclarecimiento del presente hecho; una vez en el lugar y estando plenamente identificados como funcionarios activos de esta institución, fuimos atendidos por la supervisora del grupo dos (02) de enfermería Licenciada MARA BARRETO, titular de la cédula de identidad número V-15.540.841, quien nos permitió el acceso al área de emergencia de la referida clínica, donde siendo la 4:30 horas de la mañana, se logró inspeccionar sobre una parihuela metálica de tipo rodante, el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino en decúbito dorsal, desprovista de vestimenta, la cual se le observaron las siguientes características físicas: piel blanca, contextura regular, cabello largo color castaño, tipo liso, de 1.61 metros de estatura, de igual manera se le observó la siguiente herida: UNA (01) IRREGULAR QUE COMPROMETE LAS REGIONES ESTERNOCLEIDOMASTOIDEA LADO DERECHO Y TIROIDEA, ésta homologa a la producida por arma blanca, lo antes expuesto fue fijado fotográficamente. En este mismo orden de ideas, el funcionario Detective Enrique González, procedió colectar mediante la técnica de impregnación por medio de un segmento de gasa, una muestra de sangre de la herida de la hoy occisa, con la finalidad de ser enviada a la División de Laboratorio Biológico, para realizarle la respectiva experticia de ley; seguidamente le practicó al cadáver la Necrodactilia de Ley, la cual será enviada a la Dependencia Técnica correspondiente para verificar su identidad de igual forma procedió a colectar los apéndices córneos (uñas) de las manos derecha e izquierda a fin de remitir dicha evidencia hacia la División correspondiente para que le sea practicada la experticia de ley, finalmente el Técnico de guardia procedió a colectar mediante técnica de cortado, arrancado y peinado cabello de la hoy occisa, a fin de realizar experticia Tricológica, en la División Técnica correspondiente. En este sentido la identidad de la hoy inerte, fue suministrada por la supervisora antes mencionada indicando que la misma quedó identificada mediante el libro de ingreso de cadáveres como: I.A.M.S (Se omite identidad) de 41 años de edad, cedulada con el número V-12.762.222. Acto seguido se realizo el levantamiento del cadáver siendo las 04:35 horas de la mañana, continuando con nuestras labores realizamos un recorrido en el interior de la instalaciones de la clínica antes mencionada, en búsqueda de alguna persona o familiar de la occisa que tuviera conocimiento de los hechos que nos ocupan, siendo abordados por una persona quien a partir de la presente quedará identificada como TESTIGO 001 (LOS DEMAS DATOS SERÁN PROTEGIDOS POR LOS ARTÍCULOS 7°, 8°,9°, Y DEMAS SUJETOS PROCESALES), manifestando que efectivamente la hoy inerte en vida respondía al nombre de I.A.M.S (Se omite identidad) de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 22/10/1974, de 41 años de edad, cedulada con el número V-12.762.222; así mismo indicó tener conocimiento del hecho que se investiga, manifestando que en horas de la madrugada la hoy occisa, sostuvo una discusión fuerte con su primogénito, quien agarro un cuchillo y optó por ocasionarle una herida en el cuello, dejándola gravemente herida en el lugar, por lo que luego procede a trasladarla a la Clínica Nueva Caracas, ubicada en Catia, donde ingreso sin signos vitales posteriormente indicó que el primogénito de la hoy occisa se encontraba en las instalaciones de la referida clínica retenido por los funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana, por tal motivo le indicamos que debía acompañarnos hasta la sede de este Despacho, a fin de rendir entrevista formal del presente hecho. Seguidamente nos dirigimos hacia el área donde se encontraban los funcionarios, siendo atendidos por el Oficial Jefe JOSE LABRADOR, titular de la cédula de identidad número V-19.820.591, adscrito al Centro de Coordinación Sucre, a quien luego de identificarnos como funcionarios activos de esta institución e imponerles el motivo de nuestra presencia, manifestó tener retenido preventivamente al ciudadano, quien quedó identificado como YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento: 09-12-1994, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-21.714.090, asimismo nos hizo entrega del mismo, quien para el momento portaba como vestimenta franela deportiva de color negro, pantalón de tipo jean color azul y zapatos deportivos de color amarillo, dichas prendas de vestir se encontraban impregnadas de una sustancia de color pardo rojizo de presunto origen hemática, dicho ciudadano se le pudo observar en sus brazos evidentes signos de violencia, así mismo en su región palmar de la mano derecha dos heridas irregulares, similares a las producidas por arma blanca. Acto seguido el funcionario Detective NELVRAIE RODRIGUEZ, procedió a preguntarle si adherido a su cuerpo o dentro de sus pertenencias poseía algún elemento de interés criminalísticos, respondiendo el mismo que no, por lo que amparado en el artículo 191° del Código Orgánico Procesal Penal, procedió a realizarle la inspección corporal, no encontrando ningún elemento de interés criminalísticos, indicándole al mismo que debía acompañarnos hasta la sede de nuestro Despacho con la finalidad de continuar con las diligencias del hecho que se investiga, en este orden de ideas procedimos a trasladarnos conjuntamente con el TESTIGO 001 el ciudadano antes mencionado hasta el lugar del hecho, siendo este el siguiente: PRIMERA CALLE DERUPERTO LUGO EDIFICIO MARIA LUISA, PISO NÚMERO 01, EN ELINTERIOR DEL APARTAMENTO SIGNADO CON EL NÚMERO 04,PARROQUIA SUCRE, MUNICIPIO LIBERTADOR, CARACAS DISTRITOCAPITAL, una vez en el lugar y plenamente identificados como funcionarios activos de esta institución, siendo las 05:35 horas de la mañana, procedió el Detective ENRIQUE GONZALEZ, a realizar la respectiva inspección Técnica del sitio del suceso, así como se realizo un rastreo en el lugar, a fin de incautar algún elemento de interés criminalísticos, logrando ubicar, fijar, dos (02) sustancias de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática, de las cuales una fue colectada sobre la superficie del piso de la sala y la otra sobre la superficie de un lavamanos ubicado en el baño del referido inmueble, de igual forma fue ubicada, fijada colectada del piso del referido baño, un segmento de una hoja metálica del tipo cortante, de las comúnmente utilizadas para los cuchillos de uso domestico, la cual se encontraba impregnada de una sustancia de color pardo rojiza de presunto origen hemática, dicha evidencia serán remitidas a las Divisiones correspondientes, con la finalidad que le sea practicada las experticias de ley, continuando con el recorrido se logró ubicar, fijar y colectar sobre la superficie de un interruptor, utilizado para el encendido y apagado de la luz de la sala, una impresión dactilar, la cual se encuentra bordeada de una sustancia de color pardo rojiza, de presunto origen hemática la cual será enviada a la División correspondiente para su respectiva experticia, posteriormente, se realizó un recorrido por la zona con la finalidad de hallar algún testigo del hecho que se investiga, pudiendo ubicar a dos personas quienes a partir de la presente fecha quedaran identificadas como TESTIGOS 002 y 003(LOS DEMAS DATOS SERÁN PROTEGIDOS POR LOS ARTÍCULOS 7°,8°,9°, Y DEMAS SUJETOS PROCESALES), quienes manifestaron tener conocimiento del hecho que se investiga por lo que procedimos a indicarles que debían acompañarnos hasta la sede de este Despacho, a fin de rendir entrevista formal del hacho que se investiga, finalizadas las diligencias en el lugar de los hechos, procedieron los funcionarios Detective Agregado ISMAEL RANGEL y Detective DAVID LOZANO, conjuntamente con los TESTIGOS 001, 002, 003 y el ciudadano YOSLEINER MEDINA, a bordo de la unidad machito identificada, sin placas, a retornar a la sede de este Despacho, mientras los Detectives NELVRAIE RODRIGUEZ, Y ENRIQUE GONZALEZ y el suscrito, nos dirigimos hasta el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, con la finalidad de trasladar a la hoy fenecida, una vez en el lugar fuimos atendidos por el funcionario Detective CARLOS NAVAS, credencial32.951, quien indicó que a la hoy examine le fue asignado el número de ingreso 431-08-16, inmediatamente nos dirigimos hasta la sala de autopsias donde dejamos sobre un mesón de la referida sala a la hoy occisa. En este sentido retornamos a la sede de esta oficina, una vez en esta oficina procedí a corroborar ante el sistema de Investigación e Información Policial (SIIPOL) los datos de identidad de la hoy interfecta, donde luego de una breve espera dicho sistema arrojó que los nombres, apellidos y número de cédula coincidían, de igual forma NO PRESENTÓREGISTROS NI SOLICITUD ALGUNA. Seguidamente procedí a verificar al ciudadano: YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-21.714.090,donde luego de una breve espera, el sistema arrojó que dicho ciudadano presenta una solicitud por el Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, según Expediente 36C-18-340-15, de fecha 25-02-15, la cual no indica delito. En vista de lo antes expuesto, se procedió a informarles a los jefes Naturales de este Despacho de las diligencias practicadas, por lo que se le dio inicio a las Actas Procesales signada con la nomenclatura K-16-0017-03270, por la comisión de uno de los delitos contra las Personas (HOMICIDIO), ordenando que el ciudadano trasladado por la comisión fuese presentado en la oficina de Presentación de Aprendidos en Flagrancia del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas,(...)”. INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACIÓN FOTOGRAFICA Nº 644, de fecha29 de agosto de 2016, suscrita por los funcionarios Detective Agregado ISMAELRANGEL, Detectives NELVRAIE RODRIGUEZ, DAVID LOZANO, FELIX RANGEL y ENRIQUE GONZALEZ, adscritos a la División de Homicidios Eje Oeste del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, donde hacen referencia de haberse trasladado a la CLÍNICA NUEVA CARACAS, UBICADA EN LA CALLE COLOMBIA DECATIA, PARROQUIA SUCRE, MUNICIPIO LIBERTADOR, DISTRITO CAPITAL, lugar donde se encontraba el cuerpo de quien en vida respondía al nombre de I.A.M.S (Se omite identidad), mediante la cual dejaron constancia de lo que se transcribe a Continuación:“(...) En el lugar yace sobre una camilla metálica del tipo rodante, el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino, en decúbito dorsal, desprovisto de vestimenta, con las siguientes características físicas: Piel Blanca, contextura regular, cabello largo, tipo liso, color castaño, de 1.61metros de estatura ( medido con una cinta métrica).EXÁMEN EXTERNO PRACTICADO AL CADÁVER, se le pudo observar las siguiente herida: UNA (01) IRREGULAR QUE COMPROMETE LAS REGIONESEXTERNOCLEIDOMASTOIDEA LADO DERECHO Y TIROIDEA, esta homologa a la producida por arma Blanca. IDENTIDAD DEL CADÁVER: la hoy fenecida quedo identificada mediante familiares como: I.A.M.S (Se omite identidad), de 41años de edad, cedulada con el número V-12.762.222; acto seguido mediante una Técnica de impregnación, por medio de un segmento de gasa, utilizando una pinza metálica, se colectó sangre directamente de una de las heridas del cadáver, signada con la letra (A), con la finalidad de ser enviada a la División de Laboratorio Biológico, a fin que le sea practicada Experticia Hematológica. Seguidamente se le realizó la respectiva Necrodáctilia de Ley a la hoy inerte, con la finalidad de enviarla a la División de Lofoscópia, para que lesea practicada Experticia de Búsqueda y Rastreo y a su vez obtener la identificación plena del mismo, así mismo procedió a colectar mediante un corta uñas cinco (05) apéndices córneos cortados de la mano izquierda, y cinco (05) apéndices córneos de la mano derecha, con la finalidad de realizar experticia correspondiente, de igual forma se colecto mediante la técnica de cortado, arrancado y peinado varios apéndices pilosos, con la finalidad de ser practicada experticia tricológica, posteriormente se toman fotos de carácter general, identificativo y en detalle las cuales anexo a la presente Acta de Inspección Técnica. (...)”. ACTA DE LEVANTAMIENTO DE CADÁVER, de fecha 29 de agosto de 2016,suscrita por los funcionarios Detective Agregado ISMAEL RANGEL, Detectives NELVRAIE RODRIGUEZ, DAVID LOZANO, FELIX RANGEL y ENRIQUE GONZALEZ, adscritos a la División de Homicidios Eje Oeste del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, mediante la cual dejaron constancia de haberse trasladado hasta la CLÍNICA NUEVA CARACAS, UBICADA EN LA CALLE COLOMBIA DE CATIA, PARROQUIA SUCRE, MUNICIPIO LIBERTADOR, DISTRITO CAPITAL, lugar donde se encontraba el cuerpo de quien en vida respondía al nombre de I.A.M.S (Se omite identidad), dejando constancia de la siguiente actuación policial:“(...)en ausencia del Médico Forense se procedió a realizar la remoción sobre una parihuela metálica de tipo rodante, del Cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino, en decúbito dorsal, desprovista de vestimenta, a quien se le observaron las siguientes características físicas: piel blanca, contextura regular, cabello largo de color castaño, tipo liso, de1.61 metros de estatura; en el EXÁMEN EXTERNO; practicado a la hoy occisa, se le apreció la siguiente herida: UNA (01) IRREGULAR QUECOMPROMETE LAS REGIONES EXTERNOCLEIDOMASTOIDEALADO DERECHO Y TIROIDEA, esta homologa a la producida por arma Blanca (...)”. INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACIÓN FOTOGRAFICA Nº 645, de fecha 29 de agosto de 2016, suscrita por los funcionarios Detective Agregado ISMAEL RANGEL, Detectives NELVRAIE RODRIGUEZ, DAVID LOZANO, FELIX RANGEL y ENRIQUE GONZALEZ, adscritos a la División de Homicidios Eje Oeste del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, mediante la cual dejaron constancia de haberse trasladado a la PRIMERA CALLE DE RUPERTO LUGO, EDIFICIO MARIA LUISA, PISO NUMERO 01, EN EL INTERIOR DEL APARTAMENTO SIGNADO CON EL NUMERO 04, PARROQUIA SUCRE, MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR, DISTRITO CAPITAL, lugar donde ocurrieron los hechos, en la cual dejan constancia de lo siguiente: “(...) El lugar a inspeccionar tratase de un sitio de suceso cerrado con iluminación artificial de buena intensidad de temperatura ambiental fresca correspondiente al interior de un apartamento, la cual presenta su fachada elaborada en bloques frisados y revestida de una pintura decolores blanco y beige, orientada en sentido este, protegida por una reja elaborada en metal de una hoja del tipo batiente, revestida de una pintura color mostaza, presentando un sistema de seguridad a base de cerradura y llaves en regular estado y uso de conservación, sin signos de violencia aparente, así mismo se observa una puerta que protege el acceso a la referida morada, la cual se encuentra elaborada en madera, de color marrón, la cual presenta un sistema de seguridad de cerradura a base de llaves la cual se encontraba abierta para el momento de practicarla presente inspección técnica, al trasponer el lumbral de observa un área que funge como sala de estar, elaborada en cerámica en su totalidad y revestido con pintura de color blanco, el cual presenta objetos propios del lugar, en este mismo orden de ideas se logró colectar mediante la técnica de impregnación por medio de un segmento de gasa, tomado con una pinza metálica una (01) sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática, la cual quedo asignada con la letra (B), la misma será enviada a la División de Laboratorio Biológico, a fin de realizarle Experticia Hematológica. Acto seguido se visualiza sobre lo que comúnmente se denomina lavamanos una (01) una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática, la cual quedo signada con la letra (C)a misma será enviada a la División de Laboratorio Biológico, a fin de realizarle Experticia Hematológica. Seguidamente se realiza un recorrido en busca de más elementos de interés criminalísticos, logrando ubicar, fijar y colectar sentido oeste, un (01) segmento de una hoja metálica de tipo cortante de la comúnmente utilizada para cuchillos de uso doméstico, impregnada de una sustancia de color pardo rojiza, la cuales serán remitidas hacia sus respectivas Dependencia técnica, a fin de realizar las experticias correspondientes, continuando con el recorrido avistamos un interruptor elaborado en material sintético, de color blanco, el cual se encuentra a una altura de 1,35 metros del piso, el cual estaba en su sentido norte, el mismo presenta una impresión dactilar, impregnada de una sustancia pardo rojiza, posteriormente se a tomar fotos de carácter general, identificativo y en detalle del lugar del hecho la cual anexo a la presente acta de Inspección Técnica. es todo (...)”. ACTA DE ENTREVISTA, rendida ante la División de Investigaciones de Homicidios Eje Oeste, por el ciudadano GUSTAVO ANDRÉS MONSALVE MÉNDEZ, identificado como testigo 001, mediante la cual manifestó lo que se transcribe a continuación:“(...) “Resulta ser que siendo las 02:00 horas de la madrugada aproximadamente en momentos que me encontraba en mi casa durmiendo, escuche varios gritos en la puerta de mi residencia, al salir observe a YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ, que me dijo que a I.A.M.S (Se omite identidad) (occisa), la habían apuñalado en la entrada de la casa para robarle un celular, en ese momento TESTIGO002, subió a la casa de I.A.M.S (Se omite identidad) (occisa) con YOSLEINER y tratamos de auxiliarla, en ese momento al ver que estaba toda ensangrentada y con un trapo en el cuello, baje hasta mi vehículo y en compañía de YOSLEINER ALEXANDER SUAREZ y IRVIN (occisa), la trasladamos rápido hasta la Clínica Nueva Caracas, ubicada en Plaza Catia, frente a Farmatodo, en el trayecto le pregunte a Yosleiner, que había pasado y me dijo que la iban a robar frente al edificio porque salió a buscarlo, entonces IRVIN (occisa) se resistió al robo y el delincuente la apuñalo en el cuello, cuando llegamos al centro asistencial, fue atendida por los médicos de guardia y me dijeron que había fallecido, entonces yo les pedí a los de seguridad de la Clínica que lo retuvieran mientras yo iba a buscar a l niña que vive con ellos en la casa, Yosleiner estaba muy nervioso yo le pregunte donde estaba la niña, pero no me decía nada solo gritaba que su mamá estaba muerta, yo salí de la clínica y me fui hasta el apartamento a buscar a la niña, pero revise en todas las habitaciones y la niña no estaba, posteriormente me fui hasta la Clínica nuevamente a preguntarle a Yosleiner donde estaba la niña y ya estaba retenido por funcionarios de la Policial Nacional Bolivariana, le pregunte donde estaba la niña y me dijo que la había subido para donde su novia SARAI, en un sector que le llaman el Molino, calle la Bomba, en una vecindad, yo comencé a preguntarle a los vecinos donde vivía SARAI, hasta que comencé a silbar y vi que la niña se asomó por una de las ventanas y una persona desconozco quien la empujo hacia dentro de la vivienda, yo comencé a entablar una conversación con la dueña de la vivienda y me dijo que en esa casa no había ninguna niña, yo le manifesté que ahí en esa casa estaba la niña y le grite a la niña que agarrara sus cosas y bajara, entonces la señora me dijo que no me iba a entregara a la niña, la niña se paró en la reja y entre la reja comencé abrazarla y a decirle que la niña era mi hija, en ese momento se asomó la novia de Yosleiner y le dijo a la señora que me abriera la puerta para entregarme a la niña, la señora abrió la puerta y abracé a la niña y me fui de la casa, le pregunte como había salido de la casa y me dijo Yosleiner la despertó, le coloco un suéter, una muda de ropa en un bolso y la llevo a la casa de la novia hasta que yo llegue, yo le pregunte que había visto en la casa y no me dijo nada, lleve a la niña hasta la casa de un familiar y me fui a la clínica nuevamente donde estaban los funcionarios y recogieron el cadáver, posteriormente me solicitaron que los acompañara hasta el lugar donde ocurrieron los hechos, donde realizaron su procedimiento y me trajeron ala sede de esta oficina a fin de rendir entrevista en relación al hecho, es todo” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO ACTUANTE LE REALIZALAS SIGUIENTES PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha en la que ocurrieron los hechos antes narrados? CONTESTÓ: “Eso ocurrió en la Primera Calle de Ruperto Lugo, edificio María Luisa, en el interior del apartamento número 04, Parroquia Sucre, Municipio Libertador, a las 02:00 horas de la madrugada aproximadamente del día 29-08-2016” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de la hoy occisa? CONTESTÓ: “Sí, su nombre era I.A.M.S (Se omite identidad), de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de 41 años de edad, nacida en fecha 02-10-1974, de profesión u oficio Analista de Sistemas, titular de la cédula de identidad número V-12.762.222”.TERCERA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento del motivo por el cual se suscitaron los hechos? CONTESTO: “Según Yosleiner al principio me dijo que un sujeto desconocido iba a robara la mamá y no se dejó quitar el celular, que por eso la cortaron, yo le pregunte si no había perseguido al delincuente o no había intentado evitar la agresión y me manifestó que no, que solo se dedicó a tratar de auxiliar a su mamá” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que actitud tomo YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ, al momento de ocurrir el hecho? CONTESTÓ: “Estaba muy nervioso, temblaba, solo decía que la iban a robar, me juraba que él no le había hecho nada, pero yo no lo estaba acusando y eso me pareció raro y comencé a preguntarle qué era lo que realmente había pasado, pero no dijo más nada” QUINTA PREGUNTA:¿Diga usted, sospecha de alguna persona en particular? CONTESTÓ: “Sí de Yosleiner ya que él me dijo que la habían apuñalado en la entrada del edificio para robarle el celular y ella no se lo dejo quitar. Pero en la entrada del edificio no había sangre, toda la sangre estaba dentro del apartamento y él estaba muy nervioso” SEXTA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento en compañía de que persona se encontraba Yosleiner al momento de ocurrir el hecho? CONTESTO:“Según dice él que estaba solo” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento en compañía de que persona se encontraba Yosleiner al momento de ocurrir el hecho? CONTESTO: ¿Diga usted, tiene conocimiento que Yosleiner al momento de ocurrir el hecho se encontraba bajo los efectos del alcohol o droga? CONTESTÓ: “Para mi concepto estaba drogado ya que tenia la mirada ida repetía constantemente que él no la mato, pedía ayuda y temblaba” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, motivo por el cual sospecha de YOSLEINER ALEXANDER MEDINASUAREZ? CONTESTÓ: “Porque él estaba muy nervioso, repetía constantemente que él no la había matado y también porque tiene el vicio de la droga y en reiteradas oportunidades robo a su mamá para comprar drogas y ya IRVIN (occisa) había tenido problemas con el por eso” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como es la conducta de YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ? CONTESTÓ: “Es una persona problemática, en varias oportunidades tuvo problemas con su mamá por las drogas, e incluso está involucrado en un problema de homicidio en Alta Vista” DÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que el ciudadano YOSLEINER consuma algún tipo desustancia psicotrópica o estupefaciente? CONTESTO: “Sí, consume cas todo tipo de drogas, pero más que todo CRACK y CRISPY” DÉCIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ, haya estado detenido por algún órgano de seguridad del estado? CONTESTÓ “Desconozco” DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que en la dirección donde ocurrió el hecha exista algún tipo de sistema de seguridad o circuito cerrado? CONTESTÓ: “No, ni cámaras de vigilancia ni vigilantes” DECIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que heridas presentó la hoy occisa? CONTESTO:“Tenía una herida grande en el cuello” DÉCIMA CUARTA PREGUNTA:¿Diga usted, tiene conocimiento donde puede ser ubicada la persona a quien menciona como Testigo 002? CONTESTO: “Sí, el Testigo 002 se encuentra en la sede de esta oficina” DECIMA QUINTA PREGUNTA:¿Diga usted, tiene conocimiento del objeto con el cual le ocasionaron la muerte a la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad)? CONTESTO: “Presumo yo que con un cuchillo que estaba en el baño, cerca de la regadera” DECIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que la hoy occisa fue despojada de alguna de sus pertenencias al momento de ocurrir el hecho? CONTESTÓ: “Yo creo que no, porque cuando yo entre solo vi el BLU RAY amarrado con el cable y el DVD también dentro de la casa, pero por lo que pude medio observar no se le habían llevado nada” DECIMA SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento la ciudadana hoy occisa quien figura como víctima tuviera problemas con alguna persona en particular? CONTESTO: “Desconozco” DECIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento cómo era la conducta de la ciudadana hoy occisa quien figura como víctima? CONTESTÓ: “Era una persona tranquila, pero al momento de una irregularidad reclamaba” DECIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, que otra persona tiene conocimiento del hecho que se investiga? CONTESTÓ: “Desconozco” VIGESIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de la ciudadana a quien menciona como la novia de Yosleiner? CONTESTÓ: “Solo se que su nombre es SARAI CORONADO y vive en el sector el Molino de Ruperto Lugo, calle la Bomba, no me se la dirección exacta pero si se llegar a la vivienda” VIGÉSIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del motivo por el cual la niña a quien menciona en su relato se encontraba en esa vivienda? CONTESTÓ: “Según me manifestó la niña Yosleiner la levanto en la noche, le colocó un suéter, tomo un bolso y metió una muda de ropa y la llevo hasta la casa de SARAI, pero no me dijo más nada, en ningún momento me comento que había visto sangre dentro del apartamento ni escucho pelea alguna, por lo que presumo que Yosleiner la saco de la casa antes que sucediera todo, porque hasta la presente ala niña no se le ha dicho lo que paso, solo se le dijo que su mamá se había caído y estaba en el médico” VIGÉSIMA SEGUNDA PREGUNTA:¿Diga usted, tiene conocimiento que al momento de suscitase el hecho alguna otra persona resultara lesionada? CONTESTÓ: “Creo que Yosleiner presenta lesiones en los brazos” VIGÉSIMA SEGUNDAPREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento dónde van hacer sepultado el cuerpo de la ciudadana hoy occisa? CONTESTO: “Desconozco la familia esta en eso” VIGÉSIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: “No es todo”. (...)”. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 29 de Agosto del 2016, rendida ante la División de Investigaciones de Homicidios Eje Oeste, por la ciudadana IRAIDACOROMOTO MÉNDEZ DÍAZ, identificado como testigo 002, mediante la cual manifestó lo que se transcribe a continuación: “(...) “Resulta ser que el día de hoy 29/08/2016, a eso de las 02:30 horas de la mañana, me encontraba en mi casa durmiendo cuando logre escuchar a YOSLEINER MEDINA llamando al Testigo 001, luego me asome por la ventana de mi cuarto y le pregunte a Yosleiner Medina, para que llamaba al Testigo 001 y me dijo que él lo llamaba para que lo ayudaran, porque a I.A.M.S (Se omite identidad) (occisa), le habían dado varias puñaladas para robarle el celular, entonces yo salí de mi cuarto y fui a llamar al Testigo 001 que estaba durmiendo, luego salí y me fui corriendo con Yosleiner Medina hacia su casa y la conseguí tirada en el piso frente a su casa toda llena de sangre posteriormente el Testigo 001 fue a buscar su camioneta y la traslado hacia la Clínica Nueva Caracas ubicada en Catia, donde falleció a los pocos minutos de su ingreso, es todo” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO ACTUANTE LE REALIZA LASSIGUIENTES PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha en la que ocurrieron los hechos antes narrados? CONTESTÓ: “Eso ocurrió en la Primera Calle de Ruperto Lugo, edificio María Luisa, en el interior del apartamento número 04, Parroquia Sucre, Municipio Libertador, a las 02:30 horas de la mañana aproximadamente del día de hoy 29-08-2016” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de la hoy occisa? CONTESTÓ: “Solo se que se llamaba AIMARA MEDINA SUAREZ, desconozco más datos” TERCERA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento a que se dedicaba la hoy occisa? CONTESTO: “Ella trabajaba en una aseguradora” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que fue lo que sucedió en el presente hecho? CONTESTÓ: “No tengo conocimiento que sucedió pero Yosleiner Medina me comento que Aimara Medina le iban a robar el celular y como no se dejó robar le dieron varias puñaladas” QUINTA PREGUNTA:¿Diga usted, tiene conocimiento que alguna otra persona resultó herida? CONTESTÓ: “No” SEXTAPREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento que alguna persona se percató del hecho que se investiga? CONTESTO: “No” SEPTIMAPREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento quien o quienes fueron los autores del hecho que narra? CONTESTÓ: “No” (...)”. ACTA DE ENTREVISTA, rendida ante la División de Investigaciones de Homicidios Eje Oeste, por el ciudadano RAFAEL ALEXANDER PONTEBORREGO, identificado como testigo 003, mediante la cual manifestó lo que se transcribe a continuación:“(...) “Resulta ser que el día de hoy 28/08/2016, a eso de las 11:00 horas de la noche, me encontraba con el ciudadano Medina Yosleiner, en el sótano del edificio de la residencia Simón Bolívar, ubicado en Ruperto Lugo, consumiendo Crak, de pronto Yosleiner me comento que se iba para su casa, a robarle una harina pan a su mamá, para venderla y seguir consumiendo y me invito pero yo no quise ir ya que su mamá era demasiado peleona y discutía mucho, pero no lo vi más, luego el día de hoy una comisión del CICPC, llegó a mi residencia y me solicito que los acompañara a esta oficina con la finalidad de rendir entrevista en relación a la muerte de la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad), quien es la mamá del ciudadano Medina Yosleiner, por lo que accedí acompañarlos, es todo SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO ACTUANTE LE REALIZA LASSIGUIENTES PREGUNTAS: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del lugar, hora y fecha de los hechos? CONTESTÓ: “Por información de los funcionarios del CICPC, que me fueron a buscar me dijeron que fue en la residencia de la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad)” PREGUNTA:¿Diga usted, cuando fue la ultima vez que vio al ciudadano Medina Yosleiner? La ultima vez que lo vi fue ayer como a las 10:30horas de la noche del día 28/08/2016” PREGUNTA: ¿Diga usted, desde hace cuanto tiempo lleva conociendo al ciudadano Medina Yosleiner? CONTESTÓ: “Lo conozco desde hace mas de diez años aproximadamente” PREGUNTA: ¿Diga usted, como es la conducta del ciudadano Medina Yosleiner? CONTESTÓ: “Es un poco problemático” PREGUNTA: ¿Diga usted, como era la conducta del ciudadano Medina Yosleiner con su mamá I.A.M.S (Se omite identidad)? CONTESTÓ: “Ellos peleaban todos los días” PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de que el ciudadano Medina Yosleiner, sufra de alguna enfermedad mental? CONTESTÓ: “Desconozco” PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de que el ciudadano Medina Yosleiner, consumiera medicamentos? CONTESTO: “Desconozco” PREGUNTA: ¿Diga usted, anteriormente había sucedido un hecho de esta naturaleza? CONTESTÓ: “No, es primera vez” PREGUNTA: ¿Diga usted, alguna persona se percato del hecho en mención? CONTESTÓ: “Desconozco” PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de que en el lugar de los hechos hayan cámaras de seguridad? CONTESTÓ: “Desconozco” PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de que el ciudadano Medina Yosleiner, haya estado detenido por algún organismo policial? CONTESTÓ: “Sí, estuvo detenido como dos veces en la Policía Nacional Bolivariana, por robo” PREGUNTA: ¿Diga usted, que tipo de sustancias psicotrópicas y estupefacientes consume el ciudadano Medina Yosleiner? CONTESTÓ: “Solo consume crak” (...)”. ACTA DE ENTREVISTA, rendida ante la Fiscalía Cuadragésima Séptima Nacional del Ministerio Público, por el ciudadano RAFAEL ALEXANDER PONTE BORREGO, en calidad de testigo, mediante la cual manifestó lo que se transcribe a continuación:“(...) Comparezco por ante esta Fiscalía a rendir declaración en relación al caso de mi compañero Yosleiner, quien le causo la muerte a su madre nombre I.A.M.S (Se omite identidad), por cuanto ese día yo me encontraba fumando piedra en la residencia donde vivo, ubicada en Ruperto Lugo, Catia, Residencia Simón Bolívar, me encontraba desde la mañana fumando en compañía de Yosleiner, Gerson y Abrahan, quienes también estaban fumando piedra ese día en el sótano, luego que fumábamos subíamos a pasar la nota en los teléfonos publico que están justo en la entrada de la residencia Simón Bolívar donde yo vivo. Ese día después de fumar, cada quien se iba a su casa a comer, posteriormente regresaba a seguir fumando en el sótano de la residencia Simón Bolívar el cual era el punto de encuentro para fumar, después terminábamos hablando en los teléfonos públicos adyacente a la Residencia Simón Bolívar donde vivo, ahí estuvimos como hasta las 11:00 horas de la noche, Yosleiner comentó que se iba para su casa a buscar comida a su casa para comprar piedra. Quiero acotar que yo no conozco la casa de Yosleiner, nunca he ido para su casa, ese día cuando ocurrieron los hechos yo no andaba con él, yo conozco a su mama de vista, solo la veía en el momento cuando ella iba a buscar a Yosleiner muy molesta, dado a que esa Sra. tenia un carácter fuerte, porque se notaba cuando regañaba a Yosleiner, es evidente que ninguna mama quiere que su hijo ande en cosas malas, por esta razón se molestaba. Yo estuve implicado en un delito de robo, pase dos meses detenido pero luego salí, no tengo conocimiento si Yosleiner ha estado detenido en una oportunidad, yo solo me encontraba con Yosleiner y los demás compañeros con el objeto de fumar piedra en la Residencia Simón Bolívar donde yo resido. Yo me entere que Yosleiner mato a su mama porque el día siguiente cuando ocurrieron los hechos, el C.I.C.P.C llego a buscarme a la casa, me trasladaron en calidad de testigo donde rendí declaración, manifestando esto mismo que estoy expresando el día de hoy ante esta Fiscalía, quiero dejar claro que yo no mate a esa Sra., en el C.I.C.P.C se lo dije a los funcionarios, de hecho me entere de lo que paso cuando me fueron a buscar, yo jamás acompañe a Yosleiner a su casa, yo nunca he pisado su casa, no sé ni como es su apartamento, solo lo conozco a YOSLEINER porque fumamos piedra juntos. Seguidamente el Funcionario actuante pasa interrogar al compareciente de la siguiente manera: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, que relación o que vinculo guarda usted con el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINASUAREZ? CONTESTO: “Lo conozco desde hace mucho tiempo, tenemos una relación de amistad, la familia de ese ciudadano conoce a mi familia” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desde hace cuanto tiempo conoce al ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ? CONTESTO: “Desde hace 10 años aproximadamente”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, si tuvo conocimiento de los hechos ocurridos el día 29-08-16, donde le causaron la muerte a la ciudadana IRVIN AIMARA MEDINA SUAREZ? CONTESTO: “tuve conocimiento luego cuando el C.I.C.P.C me fue a buscar a mi casa en calidad de testigo, ya que el ciudadano YOSLEINER me estaba culpando a mi que yo le cause la muerte a su mama, cosa que no es cierto” CUARTAPREGUNTA: ¿Diga usted, desde hace cuanto tiempo conoce a la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad) (Occisa) ? CONTESTO:“ nunca nos tratamos, solo se que era la mama de YOSLEINER, la veía cuando iba a buscar a YOSLEINER toda molesta, igualmente YOSLEINER comentaba que su mama tenia mal carácter” QUINTAPREGUNTA: ¿Diga usted, como podría describir a la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad) (Occisa)? CONTESTO: “de complexión normal, como de mi tamaño, de piel morena, cabello negro, ojos me imagino que negros también, yo sabia quien era mas no la trataba, ella siempre andaba seria” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, como era la relación de la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad) (Occisa) y el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ? CONTESTO: “en el momento cuando ella buscaba a YOSLEINER, se encontraba con actitud molesta, el no comentaba como era su mama” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, si en algún momento observó o tiene conocimiento de que el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ, allá ejercido algún tipo violencia en contra de la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad) (Occisa)? CONTESTO: “No, solo veía cuando discutían en el momento cuando ella subía a buscarlo y este estaba conversando con nosotros” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde reside y el ciudadano YOSLEINERALEXANDER MEDINA SUAREZ y la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad) (Occisa)? CONTESTO: “a dos cuadra de donde yo vivo, en la calle Principal de Ruperto Lugo, Catia, Municipio Libertador, es un edificio” NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, el momento cuando se encontraba en los teléfonos públicos de la residencia Simón Bolívar en las adyacencias donde usted reside, el ciudadano YOSLEINER hizo algún comentario antes de reiterarse? CONTESTO: “Si, el dijo que iba air a su casa, a buscar una comida para venderla” DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, como fue el comportamiento del ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ antes de retirarse de los teléfonos públicos que se encuentran adyacentes a las Residencias Simón Bolívar? CONTESTO: “Tuvo un comportamiento normal al retirarse, comento que iba a ir a buscar comida para su casa para luego venderla” UNDECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ, tuvo detenido en alguna oportunidad por un órgano de seguridad del Estado? CONTESTO: “No” DUODECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, en alguna oportunidad consumió sustancias estupefacientes o psicotrópicas en la residencia donde vive el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ y la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad) (Occisa)? CONTESTO: “No, nunca fui a su casa” DECIMA TERCERA PREGUNTA: Diga usted, recuerda cuantas piedras se fumo el día cuando se encontraba en compañía del ciudadano YOSLEINER ALEXANDERMEDINA SUAREZ, GERSON Y ABRAHAN? CONTESTO: “fume 8piedras aproximadamente. DECIMA CUARTA PREGUNTA, ¿Diga usted, luego de consumir sustancias estupefacientes o psicotrópicas, recuerda todo lo que realiza cuando siente que se le pasa el efecto? CONTESTO: “Si, siempre me recuerdo de todo lo que hago antes y después. DECIMAQUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, recuerda todo lo acontecido el día cuando se encontraba dentro y fuera de la Residencia Simón Bolívar donde vive? CONTESTO: “Si, recuerdo todo lo que hice y lo estoy expresando hoy”. DECIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, ha estado recluido en un centro de rehabilitación motivado a su adicción por sustancias estupefacientes o psicotrópicas? CONTESTO:” Si, estuve en la parroquia coche en la Institución que tiene por nombre “ nosotros unidos” el 15 de Septiembre de 2016, salí de ahí y por voluntad propia me fui a la Institución Negra Hipólita ubicada en la Parroquia San Bernandino donde tuve que retirarme a fin de venir a declarar ante este Fiscalía el día de hoy. DECIMA SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde pueden ser ubicados los ciudadanos GERSON y ABRAHAN, quienes se encontraban presente con usted y el ciudadano YESLEINER consumiendo piedra en las adyacencias de la residencia Simón Bolívar ? CONTESTO: El ciudadano Gerson reside en las residencias Simón Bolívar, edificio 5, piso 03, apartamento 04, Av. Ruperto Lugo, Parroquia Catia, y el ciudadano ABRAHAN reside justo al frente del Módulo de la Policía Nacional de la parroquia Catia, Av. Ruperto Lugo, Municipio Libertador, como punto de referencia esta una bodega y el sueño se llama Wiston. DECIMA OCTAVA PREGUNTA ¿Diga usted, desea agregar algo mas? CONTESTO: “No” (...)”. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 29 de Agosto del 2016, rendida ante la División de Investigaciones de Homicidios Eje Oeste, por la ciudadana MILAGRO SARAI CHÁVEZ CORONADO, identificada como testigo 004, mediante la cual manifestó lo que se transcribe a continuación:“(...) Resulta ser que el día de hoy 29/08/2016, a eso de la 01:00 hora de la mañana llagó a mi casa Yosleiner Medina, acompañado de su hermanita Fabiana Alejandra, diciéndome de manera muy asustado que me quedara con su hermana, cosa que me extraño porque la mamá de ellos en muy estricta y no la dejaría quedarse así en la calle, sin embargo como yo los conozco desde hace tiempo decidí quedarme con ella y luego que él se fue, llame varias veces a su mamá pero salía apagado el celular, por lo que decidimos acostarnos, luego como a la 04:30 de la madrugada llegó el Testigo 001, gritando a la puerta de la casa, diciendo que le diera a Fabiana, yo se la di, le pregunte qué pasaba y no me respondió y se la llevó, luego que transcurrieron las horas me entero hoy como a las 02:00 horas de la tarde que la mamá de Yosleiner, la habían matado y todos por el barrio comentan que fue el mismo Yosleiner, sin saber que pasaba estaba muy aterrorizada y le dije a mi mamá que me trajera a esta oficina para declarar porque yo no quería tener problemas, es todo. SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO ACTUANTE LE REALIZALAS SIGUIENTESPREGUNTAS: PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho que se investiga? CONTESTÓ: “Eso ocurrió en la Primera Calle de Ruperto Lugo, edificio María Luisa, en el interior del apartamento número 04, Parroquia Sucre, Municipio Libertador, a las02:00 horas de la mañana aproximadamente del día de hoy29-08-2016”.PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de la hoy occisa? CONTESTÓ: “Solo sé que se llamaba I.A.M.S (Se omite identidad), tenía como 40 años de edad, desconozco más datos”. PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento a que se dedicaba la hoy occisa? CONTESTÓ: “Trabajaba en Seguros Mercantil”. PREGUNTA:¿Diga usted, tiene conocimiento que fue lo que paso en el presente hecho? CONTESTÓ: “Me entere por parte de una tía de Yosleiner Medina que en horas de la madrugada se escuchó una discusión en la casa de la señora Aimara y luego de un rato salió Yosleiner lleno de sangre pidiendo ayuda y diciendo que a su mamá la había intentado robar un taxista, luego decía que un muchacho de nombre RAFAEL ALEXANDER PONTEBORREGO, le quiso robar el teléfono y la mató”. PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que alguna otra persona resultó herida? CONTESTÓ: “No”. PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que alguna otra persona se percató del hecho que se investiga? CONTESTÓ: “No tengo conocimiento”. PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento cual era la vestimenta que portaba Yosleiner para el momento que se llevó a su hermana hasta tu casa? CONTESTÓ: “Una franela negra, un blue jean claro y unos zapatos deportivos, marca Nike, color amarillo”. PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como era la conducta del ciudadano Yosleiner para el momento que conversó contigo y dejo a su hermana en tu custodia? CONTESTÓ: “Él se veía pálido y estaba muy agitado, se veía asustado, le pregunte qué pasaba y me grito que si me tenía que decir delante de la niña que me callara que tenía un inconveniente”. PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que Yosleiner Medina, consumiera algún tipo de sustancia psicotrópica o estupefaciente? CONTESTÓ: “No tengo conocimiento”. PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento cual es el círculo social de Yosleiner Medina y que lugares frecuenta? CONTESÓ: “Él se la estaba pasando últimamente mucho en el bloque tres de Ruperto Lugo, pero no sé con quien se la pasaba”. PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que la niña Fabiana le comentara el por qué su hermano de nombre Yosleiner la llevó hasta tu casa? CONTESTÓ: “Ella me tenía mucho miedo y me dijo que ella estaba durmiendo y luego que se despertó escuchó a su mamá peleando con Yosleiner porque él siempre se llevaba todo de la casa, también me dijo que él la llevó hasta mi casa porque su mamá se había ido a donde su abuela”. PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que en oportunidades anteriores el ciudadano Yosleiner Medina, haya tenido discusiones con su progenitora? CONTESTÓ: “Sí ellos siempre discutían porque el siempre llegaba tarde”. PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que alguna vez el ciudadano Yosleiner Medina, le llegó a comentar de algún deseo de quitarle la vida “(...) “Resu a su madre por tantas discusiones?. CONTESTÓ: “No porque él sabía que a mí no me gustaba que discutiera con su mamá”. PREGUNTA: ¿Diga usted, últimamente usted se ha peleado con el ciudadano Yosleiner Medina? CONTESTÓ: “No”. PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento haber visto aruñado al ciudadano Yosleiner Medina, estos últimos días? CONTESTÓ: “No”. (...)”. ACTA DE ENTREVISTA, rendida ante este Despacho Fiscal, por la ciudadana NIURKA JAMILE MEDINA SUÁREZ, en calidad de testigo, mediante la cual manifestó lo que se transcribe a continuación:“(...) Soy la hermana de la Occisa quien en vida respondía el nombre de I.A.M.S (Se omite identidad), la madre del imputado de nombre YOSLEINER MEDINA SUAREZ, fui testigo de la conducta que expreso mi sobrino en contra de mi hermana, fue un muchacho muy violento, desde niño mi hermana tenía problemas con el motivo por el cual YOSLEINER se hurtaba cosas de las casas de los amiguitos, fue adoptando esas conductas también en mi casa, tomaba objetos para venderlas, mi hermana siempre sufrió por esa situación, desde niño y en el etapa de la adolescencia que fue cuando cayo en las drogas, en el hogar donde ellos cohabitaban se reflejaba una constante pelea entre ellos debido a que YOSLEINER, comenzó a vender los enseres de la casa de mi hermana para poder comprar droga, ya que este ciudadano se volvió consumidor de esas sustancias, ella me comento en una oportunidad que este sujeto le había levantado la mano en el momento cuando discutían porque ella le reprochaba la conducta que el desplegaba, ya que estaba inmerso en el mundo de las drogas y la mala vida que todo padre no quiere para su hijo, mi hermana sufría mucho por esa situación. El día antes que ocurrieran los hechos donde mi sobrino YOSLEINER le causó la muerte a mi hermana I.A.M.S (Se omite identidad), en el mes de agosto de 2016, en horas de la noche, aproximadamente a las 09:00horas, mi sobrino se encontraba en la panadería que ésta en las adyacencias de la casa ubicada en Ruperto Lugo, Catia, se inició una discusión porque mi hermana IRVIN quería llevarse a mi sobrino a la casa razón por la cual, ella insistía que tenia que dejar la mala vida, mientras esto pasaba mi sobrino YOSLEINER desplegó una conducta agresiva y hostil en contra de ella, donde la golpea fuertemente por la nariz, posteriormente ella se fue a la casa. Quiero acotar que ella siempre comentaba que este sujeto siempre le hurtaba cosas, hasta le llego a levantar la mano cuando mi hermana le reclamaba, inclusive ya mi hermana no tenía muchos objetos de valor en la casa porque mi sobrino YOSLEINER los vendía. Seguidamente el Funcionario actuante pasa interrogar al compareciente de la siguiente manera: PRIMERAPREGUNTA: ¿Diga usted, que relación o que vinculo guarda usted con el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ y con la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad)? CONTESTO: “Soy la hermana de I.A.M.S (Se omite identidad) y tía del ciudadano Yosleiner” SEGUNDA PREGUNTA:¿Diga usted, tiene conocimiento del lugar, fecha y hora de los hechos ocurridos donde el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINASUAREZ le causa la muerte a quien en vida respondía el nombre de I.A.M.S (Se omite identidad)? CONTESTO: “es ocurrió en la primera calle de Ruperto Lugo, como punto de referencia frente a la Cristalería, Parroquia Sucre, Catia, Municipio Libertador, Distrito Capital, el día 29 de agosto de 2016, como a las 03:00 horas de la madrugada”. TERCERAPREGUNTA: ¿Diga usted, tuvo conocimiento si el ciudadano YOSLEINER MEDINA SUÁREZ agredía físicamente a la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad) durante la convivencia en el lugar donde residían? CONTESTO: “los vecinos me comentaron que ellos discutían todos los días, incluso la expareja de mi hermana llego una vez a la casa donde ellos residían y logro observar cuando YOSLEINER trato de ahorcar a mi hermana I.A.M.S (Se omite identidad)” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad) (Occisa) le llego a comentar si el ciudadano YOSLEINER MEDINA la agredía físicamente? CONTESTO: “ella me comento que una vez que le levanto la mano y que ella lo había lo había retado para que le pegara, es decir ella le menciono que lo que le hacia falta a el era pegarle a ella, también que un día antes que ocurrieran los hechos, este ciudadano discutió con mi hermana en la panadería que esta cerca de la casa donde residían, el cual el ciudadano YOSLEINER la agredió físicamente causándole una lesión por la nariz”. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, como era el comportamiento de la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad) (Occisa) con el ciudadano YOSLEINER MEDINA SUAREZ? CONTESTO: “ella lo protegía mucho, todo se lo daba, ella le compraba de todo, nunca mi hermana falto, trata de ser la mejor madre, este sujeto tuvo de todo porque mi hermana trataba de que no le faltara nada” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ consumía alguna sustancia estupefaciente o psicotrópica? CONTESTO: “si, el consumida droga, desde los 19 creo yo, pero para mi el consumía desde temprana edad”. SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, si en algún momento observó o tiene conocimiento de que el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ, haya ejercido algún tipo violencia en contra de alguna persona o de algún familiar? CONTESTO: “Si, a mi hijo le clavo una tijera cuando estaban pequeños y también tuvo un problema con su padrastro OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINASUÁREZ tuvo detenido por algún órgano de seguridad del estado? CONTESTO: ”una vez me entere que el estuvo detenido y que mi hermana pago un dinero para que el pudiera salir”. NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento del motivo por el cual el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUÁREZ le quita la vida a la ciudadana I.A.M.S (Se omite identidad) quien es hoy (Occisa)? CONTESTO: “tengo entendido que se inicio una discusión porque mi sobrino YOSLEINER se iba a llevar un aparato electrónico con el objeto de venderlo” UNDÉCIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, como fue el comportamiento del ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ hacia su persona? CONTESTO: “era bien, me pedí la bendición, una sola vez se puso grosero conmigo” DUODÉCIMA PREGUNTA ¿Diga usted, desea agregar algo mas? CONTESTO: “No” (...)”. Todos estos, elementos de convicción suficientes que llevan a esta Juzgadora a considerar que el hecho y la conducta desplegada por el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ encuadran perfectamente en el delito de FEMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 57 en su encabezado de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TERCERO: Entre las razones por las cuales ésta Juzgadora estima que concurren en el presente caso las circunstancias objetivas de los ordinales 1º y 2º del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal constitutivas del FUMUS BONIS IURIS, así como las circunstancias subjetivas previstas en el ordinal 3º de la norma in comento, en relación al PELIGRO DE FUGA y al PELIGRO DE OBSTACULIZACIÓN constitutivas del PERICULUM IN MORA, que establecen los artículos 236 y 237 Ejusdem, tenemos: Resulta acreditado hasta el presente estado procesal la comisión del delito de FEMICIDIO, previsto y sancionado en el articulo 57 en su encabezado de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la victima I.A.M.S (Se omite identidad) (OCCISA), delito que merece pena corporal, que excede de los DIEZ (10) AÑOS y cuya acción NO SE ENCUENTRAN EVIDENTEMENTE PRESCRITA. Se evidencia de las actuaciones que existen fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o participe del hecho punible precalificado como observando quien aquí decide que hay fundados elementos de convicción para estimar que el ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.714.090, ha sido autor o participe en la ejecución del delito de FEMICIDIO, previsto y sancionado en el articulo 57 en su encabezado de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la victima I.A.M.S (Se omite identidad) (OCCISA), dándose de esta manera los dos supuestos o circunstancias objetivas previstas en el artículo 236 ordinales 1º y 2º del Código Orgánico Procesal Penal, que constituyen el FUMUS BONI IURIS, pues esta Juzgadora ha llegado a una razonable conclusión judicial tomando en cuenta la existencia de un hecho con las características que lo hace punible o encuadrable en una disposición penal incriminadora y a la estimación, asimismo de que el imputado participó en ese hecho, persistiendo la posibilidad de persecución por parte del Estado por cuanto la acción para perseguir el ilícito NO HA PRESCRITO, aunado a ello en cuanto al PERICULUM IN MORA, que no es más que la referencia al riesgo de que el retardo en el proceso pueda neutralizar la acción de la justicia, ante la posible fuga del imputado o la obstaculización de su parte en la búsqueda de la verdad se evidencia a todas luces que es inminente el peligro de fuga establecido en el artículo 237 del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de la pena a imponer, ya que, está incurso en el delito de FEMICIDIO, previsto y sancionado en el articulo 57 en su encabezado de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la victima I.A.M.S (Se omite identidad) (OCCISA), por ende, es de considerar el peligro de fuga; por otra parte se desprende que las personas que tienen conocimiento de los hechos, aparecen identificadas en las actas, las cuales podrían resultar sugestionadas en sus dichos por parte de los referidos imputados, alcanzándose posiblemente desvirtuar el conocimiento que poseen de los hechos, siendo obstaculizada así la sana administración de justicia, y no permita establecer la verdad de los hechos por las vías jurídicas y la justa aplicación del derecho, para dar cumplimiento al principio de la finalidad del proceso establecido en el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal. En razón de todo lo expuesto considera quien aquí decide que lo procedente y ajustado a derecho atendiendo a la proporcionalidad que deben existir entre la gravedad del delito, las circunstancias de su comisión y la sanción probable es aplicar la excepción establecida en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que las demás medidas son insuficientes para asegurar la finalidad del proceso, es decretar MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano YOSLEINER ALEXANDER MEDINA SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.714.090, conforme lo establece los 236, 237 y 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de FEMICIDIO, previsto y sancionado en el articulo 57 en su encabezado de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la victima I.A.M.S (Se omite identidad) (OCCISA), imponiéndole como sitio de reclusión el INTERNADO JUDICIAL “RODEO II”, por tal motivo se acuerda librar Boleta de Encarcelación. CUARTO: Se ordena sea colectada la ropa del detenido ante el Órgano Policial, en virtud que el mismo posee sustancia hematica de color pardo rojiza en las mismas. Acuerda se remita el imputado a la Dirección de Diagnostico Mental Forense, a los fines que se determine si el mismo sufre algún tipo de trastorno. Se acuerda se remita el imputado al SENAMEC y se acuerda librar oficio al Tribunal 36º de Primera Instancia en funciones de Control Estadal del Área Metropolitana de Caracas, en relación a la orden de aprehensión que cursa por ante dicho Juzgado. Asimismo, se acuerda la práctica de los exámenes psicológicos, toxicológicos y psiquiátricos al imputado, solicitados por la defensa. QUINTO: Se acuerdan las copias solicitadas por la representación fiscal y la defensa. En consecuencia líbrese oficio participando lo conducente al organismo aprehensor. Con la lectura y firma de la presente acta quedan notificadas las partes, conforme al artículo 159 de la norma adjetiva penal. Líbrese oficios. Se declara concluida la audiencia, siendo las 05:00 horas de la tarde. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

Dada, firmada y sellada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Tercero De Primera Instancia En Funciones De Control, Audiencia Y Medidas Con Competencia En Delitos De Violencia Contra La Mujer Del Circuito Judicial Penal De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas, en Caracas, a los (30) días del mes de agosto del año dos mil dieciséis (2016). Regístrese. Publíquese y Cúmplase.

LA JUEZA

ABG. ANGELIANA MUJICA

SECRETARIA,

ABG. LUZ M. BARRERA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente

SECRETARIA,

ABG. LUZ M. BARRERA

JGL/lbo.-