REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 10 de Noviembre de 2016.
206° y 157°
Visto el oficio N° 602-16, recibido en este Juzgado Superior, vía correo electrónico en esta misma fecha, proveniente del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el cual remiten a este Juzgado Superior, información de los expedientes Nros. 288-14 y 353-15, nomenclatura particular de ese despacho, contentivo de juicio de Acción por perturbación o daño a la propiedad o posesión agraria, mediante el cual informó; “…que la causa 288-14, fue dictado el fallo en su audiencia probatoria celebrada en fecha 08 de noviembre de 2016, declarándose con lugar la demanda incoada por el ciudadano francisco José Loreto, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.662.859, contra el ciudadano Rafael Reinaldo Lira, venezolano. Mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.615.252 y en cuanto al expediente 353-15, la causa se encuentra a la espera de que le designen Defensor Publico Agrario al ciudadano Rafael Reinaldo Lira, ya plenamente identificado arriba, a los fines de posteriormente fijar audiencia preliminar en la causa…”. En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregar el oficio recibido a la presente causa.
LA JUEZ,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.
Exp- JSAG-416-2016.-
MGS/IR/ef.-