REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 14 de Noviembre de 2016.
206º y 157º
Visto el escrito contentivo del Recurso de Hecho, presentado la Profesional de derecho Ana Beatriz Valentini De Tapia, titular de la cedula de identidad N° V- 19.248.928, inscrita en el impreabogado bajo el numero 213.516, en su carácter de Apoderada Judicial de los Mylka Fabiola Urdaneta Pomarreda, Katherilin Del Carmen Rivero Ascanio y Angel Asdrubal Rivero Delgado, Venezolanos Mayores de Edad, Titular de la Cedula de Identidad NºV-24.420.540, V-24.235.914 y V-8.631.807, quien ocurre a los fines de ejercer RECURSO DE HECHO contra decisión dictada en fecha 07 de Noviembre de 2016, por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DEL ESTADO GUÁRICO. En consecuencia este Tribunal ordena darle entrada al presente Recurso de Hecho signándole el número JSAG-431-2016 (nomenclatura particular de este Juzgado Superior), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.
Exp. JSAG-431-2016.-
MGS/IR.-