REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 29 de Noviembre de 2016
206° y 157°


EXPEDIENTE Nº JSAG-093

Cumplido con lo ordenado en el auto de fecha 29 de junio de 2016, en el cual se solicitó al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, informar a este Juzgado Superior si se cumplió con la ejecución de la sentencia de fecha 17 de noviembre del año 2015, y visto el oficio N° 257/2016, de fecha 21 de noviembre, proveniente del precitado Juzgado, el cual manifiesta; “…en tal sentido le informamos, que este Juzgado decreto Medida de Protección a la Actividad Agroalimentaria, en fecha 24 de octubre de 2015, por un lapso de tres(3) meses, contados a partir de la presente fecha y por cuanto la misma feneció, este Juzgado ordenó la remisión del expediente al Archivo Inactivo…” omissis. En consecuencia, este Tribunal Superior visto el cumplimiento efectuado por el A-quo en la sentencia dictada por este Juzgado, en fecha 17 de noviembre de 2015, declara terminado el procedimiento, se ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial. Cúmplase.



LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.


EL SECRETARIO.
ABG. IRVING REYES.






Exp. Nº JSAG-093-2015
MGS/IR/ef.