REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, primero (01) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º


Vista la diligencia presentada en fecha veintiséis (26) de octubre de dos mil dieciséis (2016) por los abogados Ángela GARCÍA DE DÍAZ y Carlos Arturo ROCHA PINEDA (INPREABOGADOS Nros 162.928 y 164.602 respectivamente) actuando en su condición de apoderados judiciales de la ciudadana la ciudadana MARIBEL DEL VALLE GUZMÁN (Cédula de Identidad Nº 10.492.316), mediante la cual apelaron de la sentencia Nº PJ0102016000121, dictada por este Juzgado en fecha veinte (20) de octubre de dos mil dieciséis (2016) en la que se declaró SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la referida ciudadana contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO) y ordenó la notificación de la misma. Este Tribunal, por cuanto no consta en autos la notificación a la parte querellada de dicha sentencia, se abstiene de emitir pronunciamiento respecto al recurso ejercido hasta tanto conste en el expediente las resultas de las notificaciones de dicha decisión, para la cual, se insta a la parte actora a consignar los fotostatos necesarios.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES







Exp. Nº JP41-G-2015-000078
RADZ/GCMM/ejph