REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, quince (15) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

Visto que en fecha diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), mediante diligencia el abogado Wintila BOLÍVAR BRICEÑO (INPREABOGADO Nº 184.266), actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos RONALD ALEXANDER FARIAS CHARAIMA (Cédula de Identidad Nº 17.977.840) y HUGO RAFAEL REQUENA CAMPOS (Cédula de Identidad Nº 14.870.893), consignó los fotostatos necesarios para cumplir con las notificaciones de la decisión Nº PJ0102016000126 en la cual se declaró “…IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada (…) y PROCEDENTE la suspensión de efectos del acto recurrido respecto al ciudadano HUGO RAFAEL REQUENA CAMPOS…” en la querella funcionarial interpuesta por los ciudadanos antes mencionados, asistidos de abogados, contra la GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA (G.N.B.), este Juzgado ordena librar los oficios respectivos.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,




Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES





Exp. Nº JE41-X-2016-000007
RADZ/GCMM/ejph