REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º


Visto que en el presente asunto se encuentra vencido el lapso para la presentación de informes a que se refiere el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se da inicio al lapso para dictar sentencia en el asunto de marras, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la aludida Ley, a partir de la presente fecha exclusive.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

















Exp. Nº JP41-G-2016-000019
RADZ/GCMM/ejph