REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiuno (21) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º


Revisadas las actuaciones del presente asunto, contentivo de la acción contra las vías de hecho interpuesta conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano FRANKLIN ANDRÉS CAMARGO ARMAS (Cédula de Identidad Nº 27.035.954), asistido de abogado, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS CENTRALES RÓMULO GALLEGOS (UNERG), este juzgado advierte que:
En fecha quince (15) de junio de dos mil dieciséis (2016), mediante decisión Nº PJ0102016000068 se admitió el asunto y ordeno emplazar al Procurador General de la República, la notificación de la Rectora de la Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos, así como al Ministro para el Poder Popular para la Educación Superior.
Ahora bien, celebrada como ha sido la audiencia oral y sustanciado por completo el expediente, este Juzgado, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, ordena dictar auto para mejor proveer, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a los fines de que la Rectora de la Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos, en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, remita a este órgano jurisdiccional Expediente Administrativo del ciudadano FRANKLIN ANDRÉS CAMARGO ARMAS (Cédula de Identidad Nº 27.035.954). Líbrese oficio.
El Juez


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. JP41-G-2016-000031
RADZ/GCMM/ejph