REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintinueve (29) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º
Vista la decisión dictada por este Juzgado Superior Contencioso Administrativo en fecha veinticinco (25) de mayo de dos mil quince (2015), mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana CARMEN JOSEFINA CAMACHO ALONZO (Cédula de Identidad Nº V-. 7.283.265) asistida de abogada, contra la entonces Gobernación del estado Guárico, hoy GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO y vencido como se encuentra el lapso para que las partes ejercieran el recurso de apelación sin haberlo interpuesto, este juzgado ordena remitir el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo de conformidad con lo establecido en el artículo 84 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a los fines del pronunciamiento respecto a la consulta legal obligatoria.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JP41-G-2014-000095
RADZ/GCMM/bzug