REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, SEDE CALABOZO.
206º y 157º

Identificación de las partes
EXPEDIENTE Nº JP61-L-2016-000055
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO RIVAS MACEA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.191.264
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DE CALABOZO ESTADO GUARICO.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

SENTENCIA

En el día hábil de hoy Lunes Tres (3) de Octubre de 2016, siendo las diez horas treinta minutos (10:30 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar incoado por el ciudadano JOSE GREGORIO RIVAS MACEA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.191.264, contra ALCALDIA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DE CALABOZO ESTADO GUARICO; previo el anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, no compareciendo ninguna de la partes por ante este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, se deja constancia que la parte demandante ciudadano JOSE GREGORIO RIVAS MACEA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.191.264, no compareció ni por si ni mediante apoderado judicial alguno, por lo que se declara la presunción de desistimiento del procedimiento, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman.


EL JUEZ 6º de S.M.E. del TRABAJO,
Abg. PABLO CESAR ARISTIMUÑO.



LA SECRETARIA