REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 25 de octubre de 2016
(En sede Constitucional)
206º y 157º
ASUNTO: AP11-O-2016-000038
Vistas las anteriores actuaciones este Tribunal observa:
-I-
BREVE RESUMEN DE LAS ACTAS PROCESALES
Contienen estas actuaciones ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por el ciudadano MIGUEL ANGEL NEIRA PEREIRA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 9.098.860, debidamente asistido por el abogado LUCIO MUÑOZ MANTILLA e IVAN MUÑOZ BERBESI inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 12.654 y 64.319, respectivamente, contra la decisión de fecha 16 de septiembre de 2015, proferida por el JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en el Expediente signado con el Nº AP31-V-2014-001221, contentivo del juicio que por DESALOJO sigue la sociedad mercantil INMOBILIARIA CHIESA C.A. contra el hoy accionante en amparo.
Por auto de fecha 26 de abril de 2016 se admitió la presente demanda, en el cual se ordenó librar boleta de notificación a la Dra. ZOBEIDA M ROMERO ZARZALEJO, Jueza del Tribunal PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en su carácter de presunto agraviante, al Fiscal del Ministerio Público y a la sociedad mercantil INMOBILIRIA CHIESA C.A., como tercero interesado.-
En fecha 07/06/2016, la secretaria titular de este despacho dejó constancia de haberse librado, oficio y una Boleta de Notificación.
En fecha 20 de Junio de 2016, se evidencia diligencia suscrita por el ciudadano JOSE F. CENTENO, Alguacil acc, de este Circuito Civil, mediante la cual rinde cuentas a este Juzgado de haber realizado la citación del Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 29 de junio de 2016, se desprende de las actas diligencia suscrita por el ciudadano JAVIER ROJAS Alguacil de este Circuito Civil, mediante la cual deja por cumplida la misión encomendada, de notificar al Presunto agraviante, Dra. ZOBEIDA M ROMERO ZARZALEJO, Jueza del Tribunal PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
En fecha 19 de octubre de 2016, compareció por ante este Tribunal la ciudadana LUZ ELENA AGUILAR DE RUIZ, profesional del derecho, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.341, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil INMOBILIARIA CHIESA C.A., tercera interesada en la presente acción.-
-II-
MOTIVACION
El artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, establecen:
Cuando sean varios quienes hayan de ser citados y el resultado de todas las citaciones no constare en el expediente, por lo menos dos días antes de aquel en que debe verificarse el acto, éste quedará diferido para la misma hora del día que fije el Tribunal. Esta fijación no podrá exceder del término ordinario concedido para el acto, ni ser menor de dos días.
En todo caso, si transcurrieren más de sesenta días entre la primera y la última citación, las practicadas quedarán sin efecto y el procedimiento quedará suspendido hasta que el demandante solicite nuevamente la citación de todos los demandados.
Si hubiere citación por carteles, bastará que la primera publicación haya sido hecha dentro del lapso indicado.
Ahora bien, en el caso de marras, consta en autos que la NOTIFICACION de la presunta agraviante Dra. ZOBEIDA M ROMERO ZARZALEJO, Jueza del Tribunal PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, se practicó en fecha 29 de junio de 2016 y en fecha 19 de octubre de 2016, se dio de forma tacita por notificada la tercera interesada, sociedad mercantil INMOBILIARIA CHIESA C.A..
Dichas notificaciones equivalen a citaciones púes una vez practicadas debe fijarse oportunidad para la celebración de la AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, en la cual es trascendente la presencia de las partes, en cuya virtud no puede existir incertidumbre sobre el inicio de las 96 horas para celebrar la referida AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, en consecuencia, surge la necesaria de aplicar lo establecido en el trascrito artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, en cuya virtud al observarse que entre la NOTIFICACION de la presunta agraviante Dra. ZOBEIDA M ROMERO ZARZALEJO, Jueza del Tribunal PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, acontecida en fecha 29 de junio de 2016 y la notificación de la tercera interesada , sociedad mercantil INMOBILIARIA CHIESA C.A..
verificada en fecha 19 de octubre de 2016, transcurrieron más de sesenta (60) días, sin contar el receso judicial, considera este juzgador que deben practicarse nuevamente la notificación de la presunta agraviante Dra. ZOBEIDA M ROMERO ZARZALEJO, Jueza del Tribunal PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS y del Ministerio Público, entendiendo a derecho a la tercera interesada en virtud de la incorporación al proceso de su representación judicial.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 10º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 25 de octubre de 2016. 206º y 157º.
El Juez,
Abg. Luis Ernesto Gómez Sáez
La Secretaria
Abg. Sonia Carrizo Ontiveros
En esta misma fecha, siendo las __________, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria
Abg. Sonia Carrizo Ontiveros
Asunto: AP11-O-2016-000038