REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Cuarto (34º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco (25) de octubre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-001680

PARTE ACTORA:MARIA ALEJANDRA DE LA BARRA MANRIQUE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ROMMEL ANDRES ROMERO GARCIA
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PETROLEO Y MINERIA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO

MOTIVO: COBRO DE DIAS DE DESCANSO Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy veinticinco (25) de octubre de dos mil dieciséis (2016) siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que AMBAS PARTES, no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 157 ° y 206 °.
LA JUEZA

ABG. ELKA EDILIA LEANIVIS HERNÁNDEZ

LA SECRETARIA

ABG. SIRLEY BRACHO