REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, 11 de Octubre de 2016.
206° y 157°
Estando dentro del lapso de ocho (8) días a que hace referencia el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil y en concordancia con el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, que establece lo siguiente:
“…Los jueces o juezas agrarios podrán ordenar la práctica de cualquier medio probatorio que consideren necesario para el mejor esclarecimiento de la verdad…”
Este Juzgado Superior, en Aras de Garantizar los Principios Constitucionales tales como el derecho a la defensa y el debido proceso artículos 26 y 49 de nuestra carta magna, es por ello que se ordena solicitar mediante oficio a la Oficina Regional de Tierras (ORT) y a los apoderados judiciales del Instituto Nacional de Tierras (INTI), Abogados: Luís Aponte, Greiner Marín y Ricardo Laurens, mediante los correos electrónicos: luis.aponte52@gmail.com, abggreinermarin@hotmail.com, dojolaurens@hotmail.com, remita a este Juzgado Superior en un lapso de dos (2) días de despacho, si los ciudadanos Carlos José Laya Machuca, Nelson Antonio Laya, José Ali Torrez, Andrés Eloy Rojas, Cruz Antonio Rojas, Carmen Eliseo Laya, José Valentín Jaramillo y Ovidia Rosa Rojas, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.326.525, V-10.943.752, V-8.799.721, V-14.893.110, V-12.361.946, V-1.481.853, V-14.344.545 y V-6.628.361, respectivamente, parceleros que ocupan y trabajan en el fundo denominado “Buen Retiro”, ubicado en el asentamiento campesino parroquia Santa María de Ipire, Municipio Santa María de Ipire del estado Guárico, constante de quinientos ochenta y tres hectáreas con siete mil setenta y nueve metros cuadrados (583 has con 7.079 m2), alinderado de la siguiente manera; Norte: Terrenos que son del fundo Altagracia; Sur: Terrenos que son del fundo guacamayas; Este: Terrenos que son o fueron de Francisco Sánchez; Oeste: Terrenos que son o fueron de cerritos verdes, han solicitado la regularización de permanencia en el fundo antes identificado y en qué estado se encuentra tal solicitud.
Notificación que se hará a través del sistema de comunicación electrónicos, como fax o correo electrónico, de conformidad en el articulo 91 numeral 3 de la Ley de Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, Líbrese los Oficios Correspondientes. Es todo. Cúmplase.
Todo ello a fin de que esta Juzgadora sentencie de manera clara y veraz de conformidad con lo establecido con el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Cúmplase.
LA JUEZ,
MARGARITA GARCIA SALAZAR
EL SECRETARIO
IRVIN REYES GONZÁLEZ
Exp.: Nº JSAG-080-2015
MG/IR/ef.-