REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, Treinta y Uno (31) de Octubre del (2016)
(206° y 157°)
EXPEDIENTE Nº JSAG-430-2016.-
Por recibido en fecha (31/10/2016), bajo los Oficios Nº 220-16 y 224-16 de fechas (10/10/2016 y 14/10/2016), emanados del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de esta misma Circunscripción Judicial, remitiendo adjunto, Copia Certificada de Cuaderno de Medidas del Expediente Nº 2016-4510, relacionado con el Recurso de Apelación en un solo efecto ejercido por la profesional del derecho Fanny Escobar Figueroa, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 52.792, parte demandante, Contra de la decisión dictada por el a quo en fecha 25 de Julio del 2016, conformado por dos piezas (02), una en Sesenta y Cinco (65) folios utiles incluyendo los referidos Oficios y un cuaderno de medidas constante de constante de Seis (06) folios útil, inclusive la caratula; relacionado con el juicio por Acciones Originadas con Ocasión a la Constitución del Patrimonio Familiar Agrario, incoado por el ciudadano María De Los Reyes Risso Herrada, titular de la cédula de identidad Nº V-14.315242, asistida por la profesional del derecho Fanny Escobar Figueroa, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 52.792, Contra el ciudadano José Alexander Ron Rodríguez,; en virtud del Recurso de Apelación ejercido en fecha (01-08-2016), mediante diligencia, contra la sentencia dictada por el a quo en fecha (25/07/2016). En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, le da entrada por Secretaría, signándole el número JSAG-430-2016, (nomenclatura particular de este Juzgado Superior), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil; fijando un lapso de ocho (08) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en segunda instancia, vencido el lapso probatorio, este Juzgado Superior fija Audiencia Oral, la cual tendrá lugar al 3er tercer día de Despacho siguiente a las Diez y Cuarenta y Cinco Antes Meridiem (10:45Am), conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Cúmplase.
LA JUEZ,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.
EXPEDIENTE Nº JSAG-430-2016.-
MGS/IR.-