REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, 04 de Octubre 2016.
206º y 157º

Transcurrido como han sido los tres (03) días para que las partes procedieran a oponerse en la Medida dictada por este tribunal en fecha 11 de agosto de 2.015; en consecuencia este Juzgado Superior en aras de garantizar el debido proceso apertura el lapso de ocho (08) días de despacho establecidos en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil, para que los interesados promuevan y hagan evacuar las pruebas que convengan a sus derechos, a partir de la presente fecha (INCLUSIVE).


LA JUEZ,
MARGARITA GARCÍA SALAZAR.


EL SECRETARIO
IRVING LEONARDO REYES.









EXP.: Nº JSAG-080-2015.-
MG/IR/ef.-