REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, Seis (06) de Octubre de (2016)
(206° y 157°)

EXPEDIENTE Nº JSAG-071-2015.-

Vista la sentencia dictada por este Juzgado Superior, en fecha 26 de Octubre de 2015, en la presente Medida Autónoma de Protección, interpuesto por la “Cooperativa Familia De García 22”, debidamente asistida por el profesional del derecho Fidel Antonio Tupano Gómez, inpreabogado Nº 101.378, Contra el Instituto Nacional de Tierras (INTI), de conformidad con lo establecido en el artículo 228 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en consecuencia, este Tribunal Superior ordena practicar por Secretaria, el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el artículo 228 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, desde el día 28 de Septiembre de 2016, (exclusive), fecha en la cual consta la publicación de las notificaciones ordenadas en la sentencia, hasta el 05 de Octubre de 2016 (inclusive). Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.


EL SECRETARIO.
IRVING LEONARDO REYES.

Quien suscribe, ABG. IRVING LEONARDO REYES, Secretario del Juzgado Superior Agrario del Estado Guárico, HAGO CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Juzgado Superior, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 228 de la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, transcurrieron desde el día 28 de Septiembre de 2016 (exclusive), hasta el día 05 de Octubre de 2016, (inclusive), a saber los días Jueves 29, Viernes 30 de Septiembre de 2016, y Lunes 03, Martes 04, y Miércoles 05 del Mes de Octubre de 2016.


EL SECRETARIO.
IRVING LEONARDO REYES.

Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 28 de Septiembre de 2016 (exclusive), hasta el día 05 de Octubre de 2016 (inclusive), transcurrieron 05 Días de Despacho, para que las partes ejercieran el Recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 228 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, sin que se interpusiera Recurso Ordinario de Apelación Contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 26 de Octubre de 2016, este Juzgado Superior declara definitivamente firme la sentencia y en consecuencia se ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial. CUMPLASE.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.




EL SECRETARIO.
IRVING LEONARDO REYES.




Exp. Nº JSAG-071-2015.-
MGS/IR.-