REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO
San Juan de los Morros, Siete (07) de Octubre del (2016)
(206° y 157°)
EXPEDIENTE Nº JSAG-427-2016.-
Por recibido en fecha (07/10/2016), bajo el Oficio Nº 200-2016 de fecha (27/09/2016), emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de esta misma Circunscripción Judicial, remitiendo adjunto, Copias Certificadas relativas al Expediente Nº 2016-4522, relacionado con el Recurso de Apelación en un solo efecto ejercido por los ciudadanos Julio Cesar Barrios Rojas y Edith Coromoto Fernández, en su carácter de Accionados, debidamente asistido por el profesional del derecho María Manases Martínez, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 158.095 parte recurrida, en contra de la decisión dictada por el a quo en fecha 21 de Julio del 2016, Expediente signado bajo el número 2016-4522, (nomenclatura llevada por ese Juzgado Superior), conformado por una (01) pieza, constante de Sesenta y Nueve (69) folios utiles incluyendo el referido Oficio; relacionado con la Medida AUTOSATISFACTIVA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROPRODUCTIVA, incoado por la ciudadana María Alejandra Hernández Fernández, titular de la cédula de identidad Nº V-25.382.498, en su carácter de parte recurrente, contra los ciudadanos Cesar Barrios Rojas y Edith Coromoto Fernández,; en virtud del Recurso de Apelación ejercido en fecha (01-08-2016), contra la sentencia dictada por el a quo en fecha (21/07/2016). En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, le da entrada por Secretaría, signándole el número JSAG-427-2016, (nomenclatura particular de este Juzgado Superior), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil; fijando un lapso de ocho (08) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en segunda instancia, vencido el lapso probatorio, este Juzgado Superior fija Audiencia Oral, la cual tendrá lugar al Tercer 3er día de Despacho siguiente a las Diez y Quince Antes Meridiem (10:25Am), conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Cúmplase.
LA JUEZ,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.
EXPEDIENTE Nº JSAG-427-2016.-
MGS/IR.-