REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 10 de Octubre de 2.016
206º y 157º

Revisadas exhaustivamente las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Instancia Judicial, en aras de la estabilidad del proceso, de la igualdad de las partes y a los fines de garantizar al justiciable una recta administración de justicia en garantía del debido proceso, destaca que no se ha realizado la Inspección Judicial sobre el lote de terreno denominado “Fundo La Paz Del Señor” ubicado en la “Posesión Laguna del Caballo”, Municipio Guayabal del estado Guárico, objeto del presente litigio, en ese sentido y en virtud de los principios agrarios establecidos en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, es oportuno destacar el contenido del artículos 155 ejusdem.

“…Los procedimientos previstos en el presente Título se regirán por los principios de inmediación, concentración, brevedad, oralidad, publicidad y carácter social del proceso agrario…” (Cursiva y negrita del tribunal)

De conformidad con lo previamente antes señalado y estricta sujeción al principio de inmediación, se difiere la Audiencia Oral de Pruebas fijada para el día 11 de Octubre de 2.016 a la diez horas de la mañana (10:00 a.m.) por auto de fecha 01 de Abril de 2.016, y se acuerda realizar inspección judicial sobre el lote de terreno supra identificado para el día jueves 03 de Noviembre a las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m.) y una vez conste en auto la práctica de dicha actuación este tribunal acuerda fijar nueva fecha para la celebración de la Audiencia Probatoria. Así se decide.

HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,

LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,



HMP/LM/dm
Exp. N° 231-13