REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA, CON SEDE EN CALABOZO



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 25 de Octubre de 2.016
206º y 157º

Revisadas las actas procesales, se destaca que en fecha 26 de Septiembre de 2.016, el abogado Carlos Vidal, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 234.465, Defensor Público Auxiliar Agrario Primero, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Guárico, en representación de la ciudadana Carmen Mireya Navarrete Montilla, identifica en autos, solicitó por medio de diligencia la fijación de Audiencia Conciliatoria, asimismo se evidencia que en fecha 29 de Septiembre de 2.016 , la referida Audiencia fue acordada por este tribunal al igual que la notificación de la parte accionada. Ahora bien, por medio de diligencia de fecha 20 de Octubre de 2.016, el Alguacil de este tribunal, consignó boleta de notificación debidamente firmada por el ciudadano; Ambrosio Alejandro Ortiz, identificado en autos, parte accionada en el presente expediente.
En virtud de lo expuesto, es oportuno señalar lo establecido en el artículo 153 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, el cual reza:
“…El juez o jueza agrario competente, de oficio o a instancia de parte, podrá acordar en cualquier estado y grado del proceso, la realización de una audiencia conciliatoria como mecanismo de solución alternativa del conflicto, quedando a salvo el cumplimiento previo de las formalidades y requisitos que la legislación exige para la homologación de acuerdos sobre los intereses públicos…”

Por lo antes expuesto, esta Instancia Judicial Agraria, acuerda fijar la Audiencia Conciliatoria para el día Martes 15 de Noviembre de 2.016, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.). Así se decide.


HUMBERTO MORALES PADRON.
EL JUEZ,

LILIANA MOGOLLON.
LA SECRETARIA,


HMP/LM/yt
Exp. N° 387-16