REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de octubre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º


Visto que en fecha cuatro (04) de octubre de dos mil dieciséis (2016), se recibió ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado, diligencia mediante la cual el abogado Roberto BOLÍVAR (INPREABOGADO Nº 29.849), apoderado judicial de la ciudadana YURMY JACQUELINE PÉREZ FRANCO (Cédula de Identidad Nº V-. 13.340.921), apeló del fallo Nº PJ0102016000066 dictado por este órgano en fecha trece (13) de junio del presente año, advierte este Juzgado, que por cuanto se omitió notificar de la aludida sentencia al Procurador General del estado Bolivariano de Guárico, ordena librar notificación al referido ciudadano y una vez conste en auto la resulta de la notificación pasará a pronunciarse sobre el recurso de apelación ejercido, para la cual insta a la parte actora a proporcionar los fotostatos necesarios para cumplir con dicha notificación. Líbrese oficio.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. JP41-G-2014-000016
RADZ/GCMM/bzug