REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de octubre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

Visto que en fecha diecinueve (19) de septiembre de dos mil dieciséis (2016), se recibió ante la Unidad de Recepción y Distribución (URDD) de este Juzgado, diligencia suscrita por la abogada Marjorie ARMAS (INPREABOGADO Nº 58.582) actuando en carácter de apoderada judicial del CENTRO CLINICO MARÍA C.A., mediante la cual solicitó: “...original del Poder Especial (...) Así mismo solicito copias certificadas de los folios 01 al 88 ambos inclusive (...) del cuerpo expediente administrativo...”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos el desglose de los folios 124 al 127 por cuanto constan en original en el expediente, dejándose en su lugar, copia fotostática debidamente certificada y asimismo ACUERDA la solicitud de las copias certificadas del cuaderno separado de expediente administrativo del folio 01 al folio 88, previa consignación de los fotostatos, por cuanto consta en copias certificadas en el referido cuaderno separado.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES




Exp. Nº JP41-O-2016-000005
RADZ/GCMM/bzug