TRIBUNAL DE MUNICIPIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE MUNICIPIO “JOSE FELIX RIBAS” DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
TUCUPIDO, 06 DE OCTUBRE DE 2016.
206º Y 157º
Vista la proposición de Obligación de Manutención realizada por el Ciudadano: RUBEN DARIO CARICO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cèdula de Identidad Nº V-11.844.477, parte demandada en el presente juicio (Exp. Nº 1104-11), donde propuso la cantidad de siete mil Bolívares (Bs. 7.000,00) Mensual; así como también mas el 50% de gastos de la época escolar, y el 100% de la época decembrina, médicos y medicinas cuando lo amerite, y la aceptación de la misma por parte de la Ciudadana NARYELIS DEL VALLE PULIDO, quien actúa en representación de su hijo (identificado en autos); El TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LO DA POR TERMINADO CONSUMADO E IMPARTE SU HOMOLOGACIÒN, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente, que el demandado seguirá depositando en la cuenta de ahorro aperturada por la madre supra mencionada como representante de su hijo, en el Banco Bicentenario, sucursal Tucupido, la cantidad establecida deberá ser depositada por el demandado los cinco primeros días de cada mes y traer a los autos el recibo de deposito correspondiente en prueba de haber dado cumplimiento con dicho convenimiento.- Provéase lo conducente
La Jueza Provisoria: La Secretaria;
Abg. Rosa Virginia Anzola Páez:- Abg. Carolina Ramona Iroba Flores
Exp. N° 1104-11.-
RVAP/CRIF/Joan.-
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