Vista la anterior solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio y los recaudos anexos, presentada por la ciudadana CZESLAWA CECILIA SZYMKOWIAK DE PADRON, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.824.018, debidamente asistido de la abogada GLADYS SÁNCHEZ ROJAS, IPSA Nro. 16.808, solicitó al Tribunal ordene RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, emanada del extinto del Municipio Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, inserta bajo el Nº 02, de los Libros llevados durante el año 1959, por ese Despacho, pero es el caso que se incurrió en el ERROR que se identificó a la solicitante en la mencionada Acta como “CECILIA SZGMKOWIAK”, siendo incorrectos, cuando lo correcto es “CZESLAWA CECILIA SZYMKOWIAK”.