REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
ALTAGRACIA DE ORITUCO
Actuando en Sede Civil
Altagracia de Orituco, 17 de Octubre del Año 2.016
206º y 157º

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: EFREN ROMERO ITRIAGO.-
SOLICITUD: Nº 16-7.811.-
Nº SENTENCIA: 16-17102016.-
I
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: EFREN ROMERO ITRIAGO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 2.213.680 y de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio ANTONIO GALLUZO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 207.569, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de Terreno Municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la AUTORIZACIÓN MUNICIPAL, consignadas junto a la solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicadas en la calle Sixto Sosa de la Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de: DOSCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (207,78 Mts2/cm2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Calle Sixto Sosa y parcela de Rosa Sierra, en veinticinco metros con treinta centímetros (25,30 Mts); Sur: Canal de Malariologia, en treinta y un metros con cincuenta centímetros (31,50 Mts); Este: Parcela de Rosa Sierra y casa de Rivel Vargas, en cincuenta y dos metros con treinta y tres centímetros (52,33 Mts) y Oeste: Casa de Luis Ramírez, en treinta y cuatro metros con cincuenta centímetros (34,50 Mts). Así mismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos OLIVER JOSE NARANJO y HIPOLITO ANTONIO MORETTY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 6.856.596 y V- 11.367.559, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el Terreno Municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: EFREN ROMERO ITRIAGO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 2.213.680 y de este domicilio
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester al solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación. En Altagracia de Orituco, a los diecisiete (17) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2.016).-
El Juez Provisorio,


ABG. MONICO ANTONIO AQUINO GUERRERO.-

El Secretario,


ABG. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-
En ésta misma fecha siendo las 11:18 a.m., se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.------------------------------------------------------------------------------------------------------
El Secretario,


MAAG/mt.-
SOLC. Nº 16-7.811.-