REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO (5º) EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIAS EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 13 de Septiembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL: AP01-S-2016-006617
JUEZA: ABG. LUZ MARINA ZERPA
FISCALÍA FLAGRANCIA: ABG. SARA VIZCARRA
DEFENSA PUBLICA Nº 13: MARIBEL MEDINA
IMPUTADO: CESAR ENRIQUE CHACON QUINTERO TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N°V-14.350.193
SECRETARIA: ABG. MARÍA EUGENIA LUGO
RESOLUCIÓN JUDICIAL
DECLINATORIA POR COMPETENCIA ART. 80 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL
Con ocasión a la Audiencia de Presentación de Imputado, celebrada en fecha 03-09-2016, se deja constancia que: Oídas las partes, este Tribunal QUINTO (5) de Primera Instancia en lo Penal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en presencia de las partes, dicta el siguiente pronunciamiento:
PUNTO UNICO: Por cuanto se evidencia de las actuaciones que el Ciudadano CESAR ENRIQUE CHACON QUINTERO TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-14.350.193, se encuentra requerido por el Tribunal de Control, Audiencias y Medidas Numero 2 del Estado Barinas, desde fecha 16 de Marzo de 2016, bajo el Numero de oficio EJ020F02016000700, por el Delito de Violencia Psicológica, de conformidad con lo establecido en el articulo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA para conocer del proceso penal que cursa ante el citado Juzgado, de acuerdo a lo establecido en el articulo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el articulo 7 ejusdem, en consecuencia se remiten las actuaciones, a los fines de que el hoy detenido sea escuchado por el Juez Natural, remisión que se ordena de manera inmediata. Así mismo se acuerda la Libertad del Ciudadano CESAR ENRIQUE CHACON QUINTERO TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-14.350.193.
Se ordena que el presente procedimiento siga las disposiciones establecidas Se ordena Librar Boleta de Excarcelación.
Quedan los partes notificados con la lectura y firma del acta, del resultado de la presente audiencia y de la resolución judicial dictada de manera fundada al termino de la misma, de conformidad con lo establecido en el 149 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 67 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Regístrese. Publíquese y Cúmplase.
LA JUEZA,
ABG. LUZ MARINA ZERPA
SECRETARIA,
ABG. MARIA EUGENIA LUGO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente
SECRETARIA,
ABG. MARIA EUGENIA LUGO