REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 16 de Septiembre de 2.016.
206º y 157º


Transcurrido como ha sido el lapso de ocho (08) días para que las partes promuevan y evacuen las pruebas permitidas en segunda instancia y visto que en fecha 11 de Agosto del presente año, este Juzgado Superior, dicto sentencia interlocutoria de admisión de pruebas y de conformidad con lo establecido en el tercer aparte del artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, fija Audiencia Oral, la cual tendrá lugar el día Tercer 3er día de Despacho siguiente al de hoy (inclusive) a las Diez y Quince Antes Meridiem (10:15 A.m) en la cual se oirán los informes de las partes en la presente causa. Es todo. Cúmplase.

LA JUEZA,
MARGARITA GARCIA SALAZAR


EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES.







Exp: N° JSAG-421-2016.-
MGS/IR.-