REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, veintinueve (29) de septiembre de (2016).
(206° y 157°)

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se evidencia que el ciudadano José Aquiles Méndez Bello, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.567.509, actuando como apoderado del ciudadano Juan Carlos Mora Pallares, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 81.898.020, en su carácter de presidente de la sociedad mercantil Agropecuaria Agrotol C.A., le ha otorgado poder a los abogados Luis Enrique Abello García, Francisco José Carrero Chirinos, Yosnheidy Andrey Labory Escobar, Félix Ricardo Garrido y Bernardo Israel Gómez Bolívar, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros, V- 6.897.096, V- 7.214.324, V- 15.545.551, V- 3.350.722 y V- 20.528.575 respectivamente, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 125.287, 63.715, 147.027, 34.909 y 250.393 en se orden. Asimismo se desprende que no consta en autos las Actas Constitutivas de la Agropecuaria Agrotol C.A., y sus correspondientes estatutos, ni el poder otorgado por el ciudadano Juan Carlos Mora Pallares antes identificado; en consecuencia este tribunal ordena solicitar al ciudadano José Aquiles Méndez Bello, que consigne ante este Juzgado Superior Agrario en un lapso de cinco (5) días de despacho siguiente a que conste en autos su notificación las Actas Constitutivas de la Agropecuaria Agrotol C.A. y sus correspondientes estatutos, así como la facultad que pueda tener como apoderado, en los expedientes Nros. JSAG- 068, Fundo “Laguna Clara”, JSAG- 069 Fundo “La Gran Villanesa” y JSAG- 070 Fundo “Santo Domingo”, y dicho lapso comenzará a computarse una vez que conste en autos la notificación del ciudadano José Aquiles Méndez Bello y/o a cualquiera de sus apoderados judiciales.

LA JUEZA,

MARGARITA GARCIA SALAZAR
EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES G.



Medida: N° JSAG-068-2015
N° JSAG-069-2015
N° JSAG-070-2015
MGS/IR/lp.