REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS CON FUNCIONES DE DISTRIBUIDOR DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO
Actuando en Sede Civil
Altagracia de Orituco, 22 de Septiembre del Año 2.016
206º y 157º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: LAURA LUCIA URBINA DURAN.-
SOLICITUD: Nº 16-7.872.-
Nº SENTENCIA: 10-22092016.-
I
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: LAURA LUCIA URBINA DURAN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.164.254 y de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio JOSE JACINTO MEDINA BRAVO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 158.573, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías construidas junto a las ciudadanas AYARIS LISSETT LANDAETA CARIAS, LUISA ELENA MARRERO, ALEIDA JOSEFINA SANCHEZ ACOSTA, ARACELY MORA, LILIZBETH LANDAETA MARRERO y MAYRA ALEJANDRA BARON, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 13.857.291, 6.504.018, 11.368.476, 5.328.429, 17.371.071 y 18.351.762 levantadas en una parcela de Terreno Municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la AUTORIZACIÓN MUNICIPAL, consignadas junto a la solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicadas en la Calle Sixto Sosa, sector Las Brisas, Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de: MIL METROS CUADRADOS (1000,00 Mts2/cm2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Terrenos y bienhechurías de Froilán López, en veintiséis metros con noventa y nueve centímetros (26,99 Mts); Sur: Calle Sixto Sosa, que es su frente, en veintitrés metros con cuarenta y cinco centímetros (23,450 Mts); Este: Terreno Municipal y canal de Malariologia, en treinta y ocho metros con sesenta y seis centímetros (38,66 Mts) y Oeste: Terreno y local de Amira Sarubbi, en treinta y siete metros con sesenta centímetros (37,60 Mts). Así mismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos YOMIR DARIO BENAVENTE NARES y DAIME RAUL LANDAETA CARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 25.379.528 y V- 16.237.913, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el terreno municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas con funciones de distribuidor de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: LAURA LUCIA URBINA DURAN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.164.254 junto a las ciudadanas AYARIS LISSETT LANDAETA CARIAS, LUISA ELENA MARRERO, ALEIDA JOSEFINA SANCHEZ ACOSTA, ARACELY MORA, LILIZBETH LANDAETA MARRERO y MAYRA ALEJANDRA BARON, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 13.857.291, 6.504.018, 11.368.476, 5.328.429, 17.371.071 y 18.351.762 respectivamente, de este domicilio.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a la solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas con funciones de distribuidor de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación. En Altagracia de Orituco, a los veintidós (22) días del mes de septiembre de dos mil dieciséis (2.016).-
El Juez Provisorio,
ABG. MONICO ANTONIO AQUINO GUERRERO.-
El Secretario,
ABG. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-
En ésta misma fecha siendo las 03:30 p.m., se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.-------------------------------------------------------------------------------------------------
El Secretario,
MAAG/mt.-
SOLC. Nº 16-7.872.-
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