REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS CON FUNCIONES DE DISTRIBUIDOR DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. ALTAGRACIA DE ORITUCO
Actuando en Sede Civil
Altagracia de Orituco, 27 de Septiembre del Año 2.016
206º y 157º

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTES: CARLOS ALBERTO RUIZ CHANG y MARYURI CASTILLO.-
SOLICITUD: Nº 16-7.883.-
Nº SENTENCIA: 13-27092016.-
I
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: CARLOS ALBERTO RUIZ CHANG y MARYURI CASTILLO DE RUIZ, venezolanos, mayores de edad, el primero soltero y la segunda casada, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 10.498.155 y 11.355.973 y de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio RAFAEL ROSA ROMERO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 1.405, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de Terreno Municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la AUTORIZACIÓN MUNICIPAL, consignadas junto a la solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicadas en la Urbanización José Francisco Torrealba, vereda 14, Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de: TRESCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (362,85 Mts2/cm2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Solar y casa, que es o fue de Teresa Ochoa, en dieciocho metros con cincuenta centímetros (18,50 Mts); Sur: Solar y casa de Nicolás Pérez, en dieciocho metros con cincuenta centímetros (18,50 Mts); Este: Solar y casa de Raúl Hernández, en nueve metros (09,00 Mts) y Oeste: Vereda 14, que es su frente, en nueve metros (09,00 Mts). Así mismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de las ciudadanas LIGDA EMPERATRIZ UTRERA ISTURIZ y YRIS COROMOTO DALIS URBINA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 10.496.908 y V- 6.312.015, respectivamente, las cuales son valoradas como pleno indicio del levantamiento de las bienhechurías sobre el Terreno Municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Adjetivo Código, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas con funciones de distribuidor de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos: CARLOS ALBERTO RUIZ CHANG y MARYURI CASTILLO DE RUIZ, venezolanos, mayores de edad, el primero soltero y la segunda casada, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 10.498.155 y 11.355.973 y de este domicilio.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a la solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas con funciones de distribuidor de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación. En Altagracia de Orituco, a los veintisiete (27) días del mes de Septiembre de dos mil dieciséis (2.016).-
El Juez Provisorio,


ABG. MONICO ANTONIO AQUINO GUERRERO.-

El Secretario,


ABG. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-
En ésta misma fecha siendo las 03:30 p.m., se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.-------------------------------------------------------------------------------------------------
El Secretario,


MAAG/mt.-
SOLC. Nº 16-7.883.-