REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, veintiocho (28) de septiembre de 2016.-
206º y 157º
PARTE DEMANDANTE: PÉREZ ITRIAGO LEDY DE LOURDES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.753.221, domiciliada en Santa Maria de Ipire del estado Guárico.
PARTE DEMANDADA: GÓMEZ RÓMULO ANTONIO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 10.983.344, y de este domicilio.
MOTIVO: DIVORCIO.-
EXPEDIENTE Nº: 19.171.-

Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente se evidencia, que la demandante de autos ciudadana PÉREZ ITRIAGO LEDY DE LOURDES, no compareció al primer acto conciliatorio en el presente juicio, por lo que este Tribunal declara extinguido el proceso de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Désele salida al presente expediente, en el libro respectivo y en su oportunidad remítase con oficio al Archivo Judicial Ext. Valle de la Pascua, del Estado Guárico.
El Juez,-(fdo) ----------------------------------------------------------------------------------Dr. José A. Bermejo.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------La Secretaria,-(fdo) ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------¬¬¬¬-

CERTIFICACION: Que la copia que antecede es fiel y exacta de su original y la misma se expide por orden de este Tribunal en Valle de la Pascua al cinco (05) días del mes de octubre del año 2016. Años: 206º de la Independencia y 157° de la Federación.-
La Secretaria.

Exp. Nº 19.171
JB/dd/rctc.-