REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEPTIMO EJECUTOR DE MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 17 de Abril 2017
206º y 158º

Vista la diligencia de fecha 30 de marzo de 2017 suscrita por JEFERSON CONTRERAS BOGADO, en su condición de alguacil titular de este circuito encargado de practicar la notificación a la ciudadana ERIKA BERLINER, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 36.030, Defensora Judicial de la Sociedad Mercantil EMPRESA DE INGENIERIA CIVIL EMINCICA C.A. inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 17 de julio de 1975, bajo el Nº 80, Tomo 27-A y posteriormente modificada en el mismo Registro Mercantil, el 23 de junio de 1987, bajo el Nº 28, Tomo 80-A, Pro., en la persona de su Director Gerente, ciudadano RODOLFO JACOBO BENZECRI LEBRÚN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 3.751.150, parte demandada en el presente juicio, mediante la cual se evidencia la imposibilidad de hacer efectiva la misma, en virtud de que: “…estando en el lugar me imposible comunicarme con persona alguna ya que toque varias veces el intercomunicador sin obtener respuesta alguna...” es por lo que, este Tribunal a los fines de procurar el debido proceso y el derecho a la defensa de dicha parte, ordena su notificación mediante Cartel. A los fines de hacerle saber que en fecha de 06 de Junio de 2016, este Juzgado dictó Sentencia sobre la presente causa. Dicho Cartel deberá ser publicado en la Cartelera de este Despacho Judicial. Se le advierte que una vez conste en autos la última de la notificación ordenada y la nota de Secretaría que se dio cumplimiento a las formalidades de Ley, se le tendrá por notificado. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR,


MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE.
LA SECRETARIA TITULAR,



ARELYS DEPABLOS ROJAS.-

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se libró Cartel de Notificación a la parte demandada.
LA SECRETARIA TITULAR,



ARELYS DEPABLOS ROJAS.-



MMC/ADR/02.-
ASUNTO NUEVO: 00986-15
ASUNTO ANTIGUO: AH16-V-1996-000018


















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 17 de Abril 2017
206º y 158º

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la ciudadana ERIKA BERLINER, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 36.030, Defensora Judicial de la Sociedad Mercantil EMPRESA DE INGENIERIA CIVIL EMINCICA C.A. inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 17 de julio de 1975, bajo el Nº 80, Tomo 27-A y posteriormente modificada en el mismo Registro Mercantil, el 23 de junio de 1987, bajo el Nº 28, Tomo 80-A, Pro., en la persona de su Director Gerente, ciudadano RODOLFO JACOBO BENZECRI LEBRÚN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 3.751.150, parte demandada, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, signado bajo el Nº antiguo AH16-V-1996-000018, de la nomenclatura interna del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y nomenclatura interna de este Tribunal Nº 00986-15, incoado por FONDO DE GARANTÍA DE DEPOSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE) Instituto Autónomo creado mediante Decreto Ejecutivo Nº 540, del 20 de marzo de 1985, publicado en la Gaceta Oficial Nº 33.190, del 22 de marzo de 1985 y regido por el Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, publicada en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, Nº 5.555 Extraordinario, del 13 de noviembre de 2001, actuando en su carácter de ente liquidador de la sociedad mercantil BANCO LATINO, C.A., S.A.C.A., (antes Banco Francés e Italiano para la América del Sur C. A y luego Banco Latino Americano de Venezuela, C. A. Sudameris), Sociedad Mercantil inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, el 17 de febrero de 1.950, bajo el Nº 311 del Tomo 1-A y cuyo asiento de comercio correspondiente al cambio de denominación a la fecha de su presentación quedó inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 30 de diciembre de 1974, bajo el número 82, Tomo 17-C, quedando inscrita su última modificación estatutaria ante la citada Oficina de Registro Mercantil el día 7 de Agosto de 1996, bajo el Nº 68, Tomo 209-A-Pro, que por auto de esta misma fecha se ordenó notificarle mediante el presente Cartel, de la Sentencia dictada por este Juzgado en 06 de Junio de 2016, mediante la cual declaró lo siguiente: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda por COBRO DE BOLÍVARES incoada por la Sociedad Mercantil BANCO LATINO, C.A., S.A.C.A. (antes Banco Francés e Italiano para la América del Sur C. A y luego Banco Latino Americano de Venezuela, C. A. Sudameris), posteriormente liquidada por el FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE) hoy día FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (FOGADE) contra la Sociedad Mercantil EMPRESA DE INGENIERIA CIVIL EMINCICA C.A. en la persona de su Director Gerente ciudadano RODOLFO JACOBO BENZECRI LEBRÚN, partes identificadas al comienzo de esta decisión. En consecuencia, se CONDENA a la parte demandada al pago de las siguientes cantidades de dinero: PRIMERO: La cantidad de DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL BOLÍVARES (BS.2.900,000,00), actualmente la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS BOLÍVARES (Bs. 2.900,00), por concepto del capital adeudado derivado del pagaré vencido Nº 064065, marcado “B”, anexo al escrito libelar, por las razones señaladas en esta decisión. SEGUNDO: La cantidad de TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLÍVARES CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 3.388.296,36), actualmente la cantidad de TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON TREINTA CÉNTIMOS (Bs. 3.388,30), por concepto de intereses convencionales y moratorios desde el 10 de diciembre de 1993 hasta el 16 de enero de 1996, correspondiente al pagaré Nº 064065, marcado “B”, anexo al escrito libelar. TERCERO: Los INTERESES MORATORIOS que se continúen venciendo del monto del Pagaré Nº 064065, marcados “B”, anexo al escrito libelar, a partir del 01 de mayo de 1993, hasta la fecha en que la presente Sentencia quede definitivamente firme. CUARTO: Se ORDENA oficiar al Banco Central de Venezuela (BCV) a los fines de que por vía de colaboración determine, mediante una experticia complementaria del fallo, el monto que por concepto de intereses moratorios deberá pagar la Sociedad Mercantil EMPRESA DE INGENIERIA CIVIL EMINCICA, C.A., en la persona de su Director Gerente, ciudadano RODOLFO JACOBO BENZECRI LEBRÚN, antes identificado, conforme a la tasa convencionalmente fijada como aplicable. QUINTO: Por cuanto no ha sido vencida totalmente la parte demandada NO HAY condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Se les advierte que una vez conste en autos la última de la notificación ordenada y la nota de la Secretaria que se dio cumplimiento a las formalidades de Ley, se le tendrá por notificado. Todo de conformidad con lo previsto con los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.

DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,


MILENA MÁRQUEZ CAICAGUARE.-

Dirección del Tribunal: Avenida Este 2, con Sur 25, piso 12 Edificio José Vargas, Los Caobos, Municipio Libertador del Distrito Capital, Área Metropolitana de Caracas, Teléfono: 5762223.-
MMC/ADR/02.-
ASUNTO NUEVO: 00986-15
ASUNTO ANTIGUO: AH16-V-1996-000018








































En el día de hoy, quien suscribe ARELYS DEPABLOS ROJAS, Secretaria Titular del Juzgado Séptimo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Dejo expresa constancia que se fijó el Cartel de Notificación de sentencia a la parte demandada en la cartelera de este Tribunal. Asimismo, se deja Constancia que se han cumplido las formalidades previstas en los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, con Relación a la Notificación de las Partes. Caracas, 17 de Abril 2017. Años: 206º y 158º.

LA SECRETARIA TITULAR,


ARELYS DEPABLOS ROJAS



MMC/ADR/02.-
ASUNTO NUEVO: 00986-15
ASUNTO ANTIGUO: AH16-V-1996-000018