REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
En horas de Despacho del día de hoy, Viernes (28) de Abril del año Dos Mil Diecisiete (2.017), siendo las diez de la mañana (11:00 a.m), día y hora fijados por este Tribunal para que tenga lugar la Audiencia Oral, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoara la sociedad mercantil ORGANIZACIÓN INMOBILIARIA F& T 2002, C.A., contra el ciudadano ANGEL POLIVIO SARMIENTO CUEVA, a fin de que las partes o sus representantes legales expresen en forma oral los argumentos de hecho y de derecho que consideren convenientes, siendo anunciado el acto a las puertas del Tribunal por su Alguacil Titular, ciudadano RICHARD JAVIER BERROTERAN REVERON, haciéndose presente la abogada YRAIMA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.349, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadanos, RICARDO SIMÓN DE SOUSA CABRAL, RUFINO MEJIA CHICA, Venezolanos, Mayores de edad, de este domicilio, Titulares de la Cedula de Identidad, Nros. V- 10.892.685 y 14.992.912, y el abogado JUAN CARLOS TORRES CALZADILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 216.502, en su carácter de Defensor Judicial de la Parte Demanda ciudadano ANGEL POLIVIO SARMIENTO CUEVA, extranjero, mayor de edad, de este domicilio titular de la cédula de identidad Nº E-81.207.459, parte demandada.- En este estado, se da inicio al presente acto, en el cual se le otorga el derecho de palabra a la abogada YRAIMA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, anteriormente identificada quien expone: “ Ratifico el libelo de la demanda en todas y cada una de sus partes tanto en los hechos como en el derecho y en virtud de la insolvencia de los cánones de arrendamiento por parte del inquilino ANGEL SARMIENTO CUEVAS y su arrendamiento alegado, pido que se confirme la sentencia dictada por el
Tribunal de la Causa”. Es todo.- A continuación, el Defensor Judicial de la Parte Demandada, expuso: “En mi condición de Defensor Judicial de mi defendido ANGEL SARMIENTO CUEVAS, niego, rechazo y contradigo la presente demanda en todas y cada una de sus partes tanto en los hechos como en el derecho esgrimido en la misma, afirmando no ser cierto o allí establecido por la parte actora. Es Todo.-
Ahora bien, Este Tribunal Superior Primero, vistas las exposiciones formuladas por las partes, a los fines del estudio y análisis de la presente acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesta, acuerda dictar el pronunciamiento respectivo, para el día de hoy, Viernes, veintiocho (28) de Abril de 2017, a las tres de la tarde (3:00 p.m.)- Es Todo.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARIS BRUNI.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,
DEFENSOR JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
MARIELA ARZOLA PADILLA
Asunto AP71-R-2017-000185.-
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