REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017)
Años 206º y 158º
Expediente Nº AP71-R-2015-001102 (678)
Este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día veinte (20) de marzo de 2017 hasta el día veinticinco (25) de abril de 2017, ambas fechas inclusive, fecha en la cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión dictada en fecha trece (13) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), dictada por este Órgano Jurisdiccional. Cúmplase.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Titular,
Abg. María Elvira Reis.
Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria Titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 20 de marzo de 2017, hasta el día 25 de abril de 2017 (ambas fecha inclusive), transcurrieron veinte (20) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: MARZO: 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30, 31; ABRIL:03, 05, 06, 07, 17, 18, 20, 21, 24 y 25. Caracas, veintiséis (26) de abril del año dos mil diecisiete (2017). A 206º años de la Independencia y 158º de la Federación.
La Secretaria Titular,
Abg. María Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2015-001102 (678)
VJGJ/MER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017)
Años 206º y 158º
Expediente Nº AP71-R-2015-001102 (678)
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada en fecha trece (13) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), este Tribunal en consecuencia, ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen, Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Titular,
Abg. María Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio Nº 2017-A-
La Secretaria Titular,
Abg. María Elvira Reis.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintiséis (26) de abril de dos mil diecisiete (2017)
Años 206º y 158º
Oficio Nº 2017-A-
Ciudadano:
Dr. MAURO JOSÉ GUERRA
Juez del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.-
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el N° AP71-R-2015-001102 (678) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA-VENTA siguen los ciudadanos MARGARITA OSORIO GUTIÉRREZ y JORGE GUARACHE SÁNCHEZ contra los ciudadanos MARÍA LUCÍA PERNA de LEPORE y VICENZO LEPORE PERNA constante de dos (02) piezas, la primera de trescientos treinta y cuatro (334) folios útiles y la segunda de ciento ochenta y dos (182) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este Tribunal en fecha trece (13) de diciembre de dos mil dieciséis (2016).
Dios y Federación.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
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