REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 17 de Abril de 2017.
(206° y 158°)


Visto la diligencia suscrita por el profesional del derecho el abogado Iván Bolívar Carrasquel, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.220.934, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 7.513, mediante la cual manifiesta, “… A los fines de Realización de inspección judicial acordada en el Hato El Roble mediante auto de fecha primero (1 ero) de noviembre del 2016 y la cual hasta la presente fecha no se ha podido realizar por falta de vehículos que se solicito a la dirección Administrativa Regional del Estado Guárico (DAR), Pongo a Disposición del Tribunal los Vehículos que se requieran para su traslado en la oportunidad que lo requiere o la disponga el Tribunal, a cuyos efectos le señalo mi número de teléfono móvil 0424-8200677, a los fines del contacto…”. No obstante de la revisión a las presentes actas se evidencia los oficios JSAG-190/2017 y JSAG-191/2017, de fecha 21 de Marzo del año en curso, en la cual se les solicito Informe Técnico- Legal, sobre el fundo “Luis González”, es por ello que este Juzgado Superior Agrario, ordena remitir los oficios antes mencionados vía correo y una vez conste en autos el Informe solicitado, este Tribunal se pronunciara por auto separado sobre la inspección. Es todo. Cúmplase.



LA JUEZ SUPERIOR,
MARGARITA GARCIA SALAZAR.



EL SECRETARIO,
IRVING LEONARDO REYES G.



EXPEDIENTE N° JSAG-S-081-2015.
MGS/IR/sm.