REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cuatro (04) de abril de dos mil diecisiete (2017)
206º y 158º

Vista la diligencia de fecha tres (03) de abril de dos mil diecisiete (2017), mediante la cual el ciudadano DENNIS LORENZO TOVAR (Cédula de Identidad Nº 14.642.123), asistido por el abogado Julio César RUÍZ ARAUJO (INPREABOGADO Nº 54.050), solicitó copia certificada de: “…de las actuaciones que riela del folio 16 al folio 51 inclusive…”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, niega la certificación de los folios 16 al 18 por constar en copia simple. Finalmente se ACUERDA previa consignación de los fotostatos, la certificación del folio 19 por cuanto consta en original en el expediente, y de los folios 20 al 51 por cuanto constan en copias certificas.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,



Abog. GÉNESIS C. MIRANDA MORALES









Exp. Nº JP41-G-2012-000026
RADZ/GCMM/ejph