REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA,
CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO

SOLICITUD Nro. 15.826-17.-

PARTE SOLICITANTE: ANA ROSA BELLO ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.512.590, y domiciliada en la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico.
ABOGADA ASISTENTE: ANGELICA AGUIRRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 213.567.

MOTIVO: DECLARACION DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERA.

Por distribución y correspondiente sorteo de fecha 06 de Marzo de 2.017, fue asignado a este Juzgado escrito de Solicitud de UNICO y UNIVERSAL HEREDERA, con sus respectivos anexos, tales como la copia certificada del Acta de Defunción, copia certificada de Sentencia de Acción Merodeclarativa de Concubinato y Copias de las Cédulas de Identidad, presentada por la ciudadana ANA ROSA BELLO ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.512.590, y domiciliada en la Urbanización Los Pinos, Vereda 69, Sector 4, Casa Nº 05, de la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio ANGELICA AGUIRRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 213.567 de este domicilio, donde peticiona se le delcare a ella, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de su causante, de quien en vida se llamara ANIBAL JOSE DELGADO GOMEZ, quien era venezolano, mayor de edad, soletro, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.667.721, quien falleció Ab-Intestato, en fecha 15 de Diciembre del año 2.015, a causa de Paralisis Respiratoria Central, Fractura de Craneo Severa, Politraumatismo, Hecho de Tránsito Terrestre, en la Dependencia de Salud del Departamento de Ciencas Forenses Guárico, Parroquia San Juan de Los Morros, Municipio Juan Germán Roscio Nieves del Estado Guárico, según consta de Acta de Defunción Nº 1282, de fecha 22 de Diciembre del año 2.015, emitida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan de Los Morros del Municipio Juan Germán Roscio Nieves del Estado Guárico.
En fecha 07 de Marzo de 2.017, se admite y se ordenó librar Edicto emplazando a todas aquellas personas que tuviesen interés en el asunto, para que comparecieran ante este Juzgado dentro de los Diez (10) días de despacho siguientes, a la consignación del Edicto en el expediente a exponer lo que ha bien tuvieran en relación a lo solicitado.
En fecha 14 de Marzo de 2.017, mediante escrito que cursa al folio Trece (13), la ciudadana ANA ROSA BELLO ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.512.590, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por la Abogada en ejercicio ANGELICA AGUIRRE RAMOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 213.567, consignó el Edicto debidamente publicado en el Diario “La Jornada” de fecha 10 de marzo de 2.017.
En fecha 14 de Marzo de 2.017, se dejó constancia que en fecha 14 de Marzo de 2.017, se hizo la fijación de la copia del Edicto, dando cumplimiento en el auto de admisión de fecha 07 de Marzo de 2.017.

En fecha 15 de Marzo de 2.017, se Aboco al conocimiento de la presente solicitud la Abogada YUMARA CAMACHO, Juez Temporal de este Tribunal, en atención al oficio Nº 052-2017, de fecha 13 de Marzo del 2.017, emanado de la Coordinación Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Asimismo fue agregado a los autos el Edicto consignado.
Mediante nota de secretaría, se dejó constancia que en fecha 29 de Marzo de 2.017, venció el lapso de emplazamiento otorgado en el Edicto.
En fecha 30 de Marzo de 2.017, la Abogada YANIRETH HURTADO SUBERO, Juez Provisorio de este Tribunal, se ABOCO a conocer la presente solicitud.
En fecha 30 de Marzo de 2.017, inserta al folio Diecinueve (19) y Veinte (20) fueron presentadas los testigos, ciudadana ALICIA MONTILLA RIVAS, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.046.262 y la ciudadana NALYS SOBELLA CORDOVA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.265.258, ambas domiciliadas en la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, quienes rindieron sus declaraciones.
Vencido el lapso del emplazamiento sin que persona alguna haya comparecido, el Tribunal pasa a resolver la solicitud en los siguientes términos:
Del contenido de la solicitud, y de los referidos elementos probatorios, surge que la misma es procedente en derecho y así se declara, tal como se expondrá en la parte dispositiva del presente fallo.
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su Competencia Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del De Cujus ANIBAL JOSE DELGADO GOMEZ, a la ciudadana ANA ROSA BELLO ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.512.590, en su condición de concubina tal como se evidencia de Sentencia de Acción Merodeclarativa de Concubinato, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros, conforme a expresas disposiciones de la Ley.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA. DÉJESE CONSTANCIA EN EL LIBRO DIARIO Y EN EL DE SOLICITUDES. Devuélvase Original con sus resultas a los interesados. CÚMPLASE.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, CALABOZO, A LOS TRES (03) DÍA DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE (2.017). AÑOS 206º DE LA INDEPENDENCIA Y 158º DE LA FEDERACIÓN.
LA JUEZ,
ABG. YANIRETH HURTADO SUBERO

EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. RICHARD FARIAS

En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 02:48, horas de la tarde.-
EL SECRETARIO.
YHS/RF/jp.-
Solicitud Nº 15.826-17.-